Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 02/07/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 4 de junio de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso de alzada interpuesto por don Joaquín Lesmes Hinojosa, en representación de Ralesto, SL, contra otra dictada por el Delegado del Gobierno de Córdoba recaída en el expte. núm. CO-90/2000-MR.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente «Ralesto, S.L.¯, de la Resolución adoptada por el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación al recurso administrativo interpuesto contra la dictada por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en Córdoba, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a dos de abril de dos mil dos.

Visto el recurso de alzada interpuesto y en base a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba se dictó Resolución en el expediente arriba referenciado.

Segundo. Notificada la misma, se interpuso por el interesado recurso de alzada, al que faltaba la firma del recurrente.

Tercero. El 22 de febrero de 2001 se notificó a la entidad recurrente la falta de la firma, dándole un plazo de diez días para subsanar el error.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

El Consejero de Gobernación es competente para resolver los recursos de alzada interpuestos contra las Resoluciones de los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.8 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma (Ley 6/1983, de 21 de julio).

Por Orden de 18 de junio de 2001, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), esta competencia de resolución de recursos administrativos ha sido delegada en la Secretaría General Técnica.

II

El artículo 110.1.c) de la LRJAP-PAC establece que en el recurso deben constar lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones. Por su parte, su artículo 71.1 dispone que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.

El escrito para subsanación del defecto se notificó a la entidad recurrente el 22 de febrero, no habiendo sido

cumplimentado, por lo que procede el archivo por desistimiento del recurso interpuesto.

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y especial aplicación, resuelvo archivar por desistimiento el recurso de alzada interpuesto.

Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley

29/1998, de de julio). El Secretario General Técnico, P.D. (Orden de 18.6.01), Fdo.: Sergio Moreno Monrové.¯

Sevilla, 4 de junio de 2002.- El Secretario General Técnico, Sergio Moreno Monrové.

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