Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 18/07/2002

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración de utilidad pública para la construcción de una línea eléctrica en los términos municipales de Villanueva de Algaidas y Archidona (Málaga). Expediente: AT-678/4864/1. (PP. 1837/2002).

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De acuerdo con lo establecido en la Resolución de esta Delegación Provincial de fecha 7 de junio de 2002, por la que se retrotrae el expediente de referencia al momento de .

la exposición pública, se procede a la notificación y publicación a los efectos prevenidos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; Título VII del R.D.

1955/2000, de 1 de diciembre, la petición de declaración de utilidad pública, implicando ésta la urgente ocupación a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de la instalación eléctrica aérea que se tramita bajo el número de expediente AT-6781486411.

Asimismo, se publica, con las correcciones señaladas en la Resolución de esta Delegación Provincial de 7 de junio de 2002, la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados con sus correspondientes titulares, según la documentación aportada por la entidad beneficiaria de la instalación y cuyas características principales son las siguientes:.

Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A.

Domicilio: Avda. de la Borbolla, 5, Sevilla.

Finalidad: Mejora de la calidad de servicio.

Descripción: Línea aérea simple circuito de 12.000 metros a 66 kV conductor Al-ac de 181,6 mm, y apoyos metálicos galvanizados.

Términos municipales afectados: Villanueva de Algaidas y Archidona.

Lo que se hace público para general conocimiento y pueda ser examinado el expediente en las oficinas de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, sita en Avda. de la Aurora, s/n, edificio Administrativo de.

Servicios Múltiples, 1.ª planta y presentar las alegaciones que crean oportunas por triplicado en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio.

Asimismo, los afectados, dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones pertinentes.

Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial, que el peticionario les facilite los datos que estimen precisos para la identificación de los bienes.

Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los artículos 52 y siguientes de la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del Sector Eléctrico:.

Para los apoyos, expropiación del pleno dominio.

Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones y limitada la plantación de árboles, dentro de las distancias mínimas de seguridad reglamentarias.

Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar reparaciones, mantenimiento, etc. Ocupación temporal de la parcela durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

Málaga, 10 de junio de 2002.- La Delegada, Isabel Muñoz Durán.

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