Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 20/07/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 0CHO DE CORDOBA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 969/2001. (PD. 2115/2002).

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Pza. de la Constitución, s/n, planta baja.

Tels.: 957/00.24.32-33.

N.I.G.: 1402100C20010008989.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 969/2001. Negociado: L.

Sobre: Desahucio por falta de pago de la renta.

De: Grupo de Empresas PRA, S.A.

Procuradora: Sra. M.ª Julia López Arias.

Letrado: Sr. Diego Molina Peso.

Contra: IMPER-ANSA, S.L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 969/2001, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm Ocho de Córdoba a instancia de Grupo de Empresas PRA, S.A., contra IMPER-ANSA, S.L., sobre desahucio por falta de pago de la renta, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA NUM. 135/2002

En Córdoba, a diecinueve de junio de dos mil dos.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Cristina Mir Ruza, Magistrada- Juez de Primera Instancia núm. Ocho de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio núm.

969/2001, seguidos a instancias de la entidad Grupo de Empresas PRA, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Julia López Arias, y asistida del Letrado don Diego Medina Peso, contra la entidad IMPER-ANSA, S.L., declarada en situación procesal de rebeldía, y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña M.ª Julia López Arias, en nombre y representación del Grupo de Empresas PRA, S.A., contra la entidad IMPER-ANSA, S.L., debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que sobre el local comercial núm. 1, portal C, en planta baja del conjunto urbanístico denominado "Albero", marcado administrativamente con el núm. 15 de la calle Rafael Pérez de Guzmán, de Córdoba, existía entre la actora y la demandada, por falta de pago de las rentas pactadas, y, consecuentemente, que debo declarar y declaro el desahucio de la demandada del expresado inmueble, apercibiéndole de que si no lo desaloja, dentro del término legal, será lanzado de ella y a su costa, todo ello con condena en costas a la demandada.

Llévese testimonio de esta sentencia a los autos de su razón, y notifíquese la misma a las partes en forma legal, con instrucción de sus derechos y recursos.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado IMPER-ANSA, S.L., extiendo y firmo la presente en Córdoba, a diecinueve de junio de dos mil dos.- El/La Secretario.

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