Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 23/07/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 15 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 620/2001. (PD. 2150/2002).

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Tomás Heredia, 26.

Fax: Tel.

NIG: 2906742C20010015706.

Procedimiento: J. Verbal (N) 620/2001. Negociado: S8.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Sergio Acedo Pérez.

Procurador: Sr. Eduardo Magno Gómez.

Letrado: Sr. Rodríguez Peña, Ignacio.

Contra: Don Simón Fatih Mohamed y Consorcio de Compensación de Seguros.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 620/2001 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Quince de Málaga a instancia de Sergio Acedo Pérez contra Simón Fatih Mohamed y Consorcio de Compensación de Seguros sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la ciudad de Málaga, a diez de junio de dos mil dos. Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Quince de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal tramitados en este Juzgado bajo el número 620/01, a instancia de don Sergio Acedo Pérez, representado por el Procurador don Eduardo Magno Gómez y defendido por el Letrado Sr. Rodríguez Peña, contra don Simón Fatih Mohamed, en situación procesal de rebeldía, y Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el Sr. Abogado del Estado, sobre reclamación de cantidad.

F A L L O

Estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Eduardo Magno Gómez, en nombre y representación de don Sergio Acedo Pérez, contra don Simón Fatih Mohamed y Consorcio de Compensación de Seguros, en reclamaciones de cantidad, debo dictar sentencia con los pronunciamientos siguientes:

1.º Condenar a don Simón Fatih Mohamed y Consorcio de Compensación de Seguros a que, de forma solidaria, abonen al Sr. Acedo Pérez la suma de quinientos trece euros con nueve céntimos (513,09 euros), en concepto de daños materiales ocasionados al vehículo de su propiedad, si bien aplicando al Consorcio la franquicia de 420,71 euros.

2.º Condenar a los referidos demandados al abono del interés legal de las respectivas sumas objeto de condena desde la fecha de interposición de la demanda.

3.º Imponer al Sr. Fatih Mohamed las costas ocasionadas al demandante por su intervención, sin hacer especial pronunciamiento respecto de las costas devengadas por la intervención del Consorcio de Compensación de Seguros.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá presentarse en el plazo de cinco días, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.

Así por ésta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Simón Fatih Mohamed, en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Málaga, a catorce de junio de dos mil dos. La Secretario.

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