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Advertidos errores en el Anuncio de referencia, a continuación se hace la oportuna rectificación:
Primero. Página número 8.203 donde dice: «a) Ser español¯. Debe decir: «a) Ser ciudadano español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados miembros que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en conformidad con la Ley
17/1993¯.
Segundo. Página números 8.203 y 8.204 donde dice: «Por cada año completo de servicios prestados en Entidades Locales de más de 100.000 habitantes o sus Organismos Autónomos en plaza de igual o similar contenido a la que opta: 0,50 puntos¯.
1.b. Por cada año completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en plaza de igual o similar contenido a la que se opta: 0,10 puntos.
1.c. Por cada año completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza de igual o similar contenido a la que se opta: 0,10 puntos.
Se establecen los siguientes límites de puntuación para los méritos profesionales alegados:
Para los del apartado 1.a) 4 puntos, para los del apartado
1.b) 1 punto, y para los del apartado 1.c) 0,5 puntos.
B.1. De 10 a 60 horas de duración: 0,20 puntos. De 61 a 100 horas de duración: 0,30 puntos. El límite de puntos a obtener por los méritos alegados por la asistencia a Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas, es establece en: 2 puntos.
B.2. Por experiencia y conocimientos acreditados en relación a la Tesorería de Fondos: 3 puntos.
C) Entrevista curricular.
Valorándose por el Tribunal con un máximo de 2 puntos. Asimismo del punto 9.º 2.º, la redacción siguiente:
Y programa oficial del Curso con
3.º Entrevista Curricular.
Y punto 15.º Norma Final.
La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales calificadores podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Incluir en el punto 8.º A) Méritos Profesionales. «Por cada año completo de servicios prestados en Entidades Locales, otras Administraciones Públicas o Empresas Privadas en plaza de igual o similar contenido a la que se opta: 0,50 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.¯
B) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas. De 8 a 19 horas de duración: 0,30 puntos. De 19 horas de duración en adelante: 0,40 puntos. El límite de puntos a obtener por los méritos alegados por la asistencia a cursos, seminarios, congresos y jornadas, se establece en: 4 puntos.
C) Entrevista personal. El Tribunal entrevistará a los aspirantes, dialogando con los mismos sobre las tareas propias de este puesto de trabajo. Valorándose por el Tribunal con un máximo de 1 punto.
Igualmente, en el punto 9.º 2.º Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.
Con certificado o diploma de asistencia con indicación de horas lectivas.
3.º Entrevista personal.
Tercero. Incluir en el punto 15.º Norma Final, lo siguiente:
La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales calificadores podrán ser impugnados por los
interesados en los casos y en la forma establecidos por el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y por el artículo 107 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En relación con la posibilidad de interponer recurso contencioso- administrativo, será de aplicación lo dispuesto en los
artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Algeciras, 22 de julio de 2002.- El Alcalde, Patricio
González García.
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