Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 16/01/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CAZORLA

ANUNCIO de bases.

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Don José Luis Díaz Viñas, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla (Jaén),

HACE SABER

Que por Decreto de la Alcaldía, de fecha diez de diciembre de dos mil dos, se han aprobado las siguientes Bases:

BASES QUE HA DE REGIR EN EL CONCURSO-OPOSICION LIBRE CONVOCADO POR ESTE AYUNTAMIENTO PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE DELINEANTE-INSPECTOR DE OBRAS, PERTENECIENTE A LA ADMINISTRACION ESPECIAL, SUBESCALA TECNICA

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante concurso- oposición de una plaza de funcionario de carrera, con categoría de Delineante-Inspector de Obras, vacante en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla, perteneciente a la Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo C, correspondiente a la Oferta de Empleo de 2001, que se enmarca dentro de los procesos de selección tendentes a la consolidación de empleo temporal o funcionarios interinos, tal y como establece el artículo 39 de la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes:

a) Ser ciudadano español, de acuerdo con las leyes vigentes. Tener la nacionalidad española o cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados miembros que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en conformidad con la Ley

17/1993.

b) Tener cumplida la edad de 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de formación profesional de segundo grado rama Delineación o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

3.1. Forma.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas habrán de hacerlo constar en impreso normalizado, que les será facilitado al efecto en el Registro General del Ayuntamiento Cazorla en la Secretaría de la Corporación.

Igualmente podrá instar la participación en el proceso selectivo mediante simple instancia, con el contenido establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Esto es:

a) Nombre, apellidos, DNI y domicilio del interesado.

b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud; esto es, petición de participar en el proceso selectivo, identificándolo mediante alusión específica a la denominación de la/s plaza/s a que se opta.

c) Lugar y fecha en que se firma el escrito.

d) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

e) Organo, centro o unidad administrativa a la que se dirige (Excmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Cazorla).

En dicha instancia, el peticionario deberá, además, formular declaración jurada o bajo procesa de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidos en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probarlo documentalmente.

Las personas con minusvalías o limitaciones psíquicas o físicas compatibles con el desempeño de las tareas o funciones

correspondientes, pero que no les permita realizar las pruebas en igualdad de condiciones con el resto de los aspirantes, podrán solicitar, en la instancia, concretándolas, las

adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

3.2. Documentos que deben presentarse.

Las instancias deberán presentarse junto con los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los

requisitos señalados en los apartados a), b) y c), serán los siguientes:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio a instancia de los

interesados/as.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil.

En el caso de su presentación en las Oficinas de Correos, las instancias se presentarán en las Oficinas de Correos en sobre abierto, a fin de que por el empleado que admira el envío se estampe el sello de fechas en el documento, de manera que aparezcan, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha de presentación.

En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por telegrama a la Secretaría del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla, en el plazo de 10 días

naturales desde que terminó el plazo de presentación de instancias.

Quinta. Derechos de examen.

Los derechos de examen serán de 30,05 euros, que deberán abonarse mediante pago directo en las oficinas de la Tesorería Municipal, donde se expedirá al interesado el recibo o carta de pago.

Los derechos de examen podrán ser satisfechos, también, por medio del giro postal, o telegráfico, dirigido a la citada Tesorería, haciendo constar en tales giros el nombre del aspirante y la prueba selectiva a que se presenta,

identificándola específicamente.

Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as, en el supuesto de no ser admitidos/as.

En el documento de ingreso se consignará el nombre del

interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.

El justificante de haber efectuado el ingreso deberá

acompañarse a la instancia.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Expirado el plazo de presentación de instancias por el Alcalde Presidente, se dictará Resolución, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos e indicado, en su caso, la causa de su exclusión.

En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el lugar en que serán expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días para subsanación del defecto que haya motivado la

exclusión.

También se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los

aspirantes.

La fecha de publicación de la indicada Resolución será

determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.

Asimismo, el Excmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992.

Contra la exclusión definitiva podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Séptima. Procedimiento de selección de los/as aspirantes. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso- oposición libre.

La selección constará de dos fases: Una fase de concurso y otra de oposición libre.

La fase de concurso será previa a la de oposición.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el aspirante seleccionado. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

1. Fase de concurso.

a) Méritos profesionales:

Servicios prestados:

- Por cada mes completo de servicios prestados en el

Ayuntamiento de Cazorla en plaza o puesto de Delineante o Inspector de Obras o ambos: 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Locales, en plaza o puesto de Delineante o Inspector de Obras o ambos: 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de Delineante o Inspector de Obras o ambos: 0,050 puntos.

- Por cada mes completo de servicio prestados en empresas privadas, con la categoría de Delineante: 0,030 puntos.

Se establecen los siguientes límites de puntuación para los méritos profesionales alegados, siendo éstos:

- Para los del apartado a) 3 puntos.

- Para los del apartado b) 2 puntos.

- Para los de los apartados c) y d) 1 punto.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

b) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por instituciones de carácter público. Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas ó 2 días: 0,15 puntos.

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días: 0,20 puntos. De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días: 0,30 puntos. De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días: 0,40 puntos. De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 0,50 puntos. De más de 200 horas o más de 40 días: 1 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

El límite de puntos por los méritos alegados en este apartado se establecen en 4 puntos.

Justificación de los méritos alegados.

a) Experiencia profesional.

Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.

Certificado de cotizaciones de la Seguridad Social acompañado del contrato de trabajo o nóminas o cualquier otro documento con fuerza probatoria.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

Para la acreditaciòn de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

2. Fase de oposición.

Contará de dos ejercicios que serán eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo de un tema, elegido al azar, de las materias comunes del temario que figura en el Anexo de estas bases. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización del ejercicio será de 90 minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un puesto práctico a elegir por el aspirante, entre dos propuestos por el Tribunal y relacionados con las Materias Específicas del Programa Anexo. El tiempo máximo de realización para este ejercicio será de 2 horas.

En el caso de que algún o algunos de los supuestos propuestos por el Tribunal sean sobre temas relativos a diseño asistido por ordenador, éste o éstos se realizarán con las herramientas informáticas que se utilizan en este Ayuntamiento.

El sistema de calificación de los ejercicios será el siguiente: Todos los ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquéllos que no alcancen un mínimo de

5 puntos. Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos, adoptándose las calificaciones sumando las otorgadas y

dividiéndolas por el número de los miembros del Tribunal, despreciándose las puntuaciones diferenciales en 3 puntos.

Octava. Desarrollo de los ejercicios.

En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la Baremación de los méritos alegados por los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

aspirantes para que acrediten su personalidad.

Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición los opositores podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente acreditados y libremente apreciados por el Tribunal.

Una vez comenzados los procesos selectivos, no será obligatoria la publicación de sucesivos anuncios deja celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial. En dicho supuesto, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con una antelación de 12 horas, al menos, si se trata de un mismo ejercicio, o de 24 si se trata de uno nuevo, bien entendido que, entre cada prueba, deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

El Tribunal podrá mantener entrevistas con cada uno de los aspirantes y dialogar con los mismos sobre materias propias o relacionadas con el tema o la materia objeto de los ejercicios y pedirles cualesquiera otras explicaciones complementarias.

En las pruebas desarrolladas por escrito, el Tribunal podrá decidir que los ejercicios sean leídos por los aspirantes. Si alguno de éstos no compareciera a la lectura el día y a la hora que le corresponda ni justificara suficientemente, a juicio del Tribunal, su ausencia, se le tendrá por retirado, esto es, desistido y renunciado a continuar en el proceso selectivo.

Si el Tribunal tuviese conocimiento, en cualquier momento del proceso selectivo, de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos, deberá proponer, previa audiencia del interesado, su exclusión a la Autoridad convocante, comunicándole asimismo las inexactitudes o

falsedades formuladas por el aspirante a los efectos

procedentes.

Novena. Tribunal calificador.

Presidente: El Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla o Concejal/a en quien delegue.

Vocales:

- El Arquitecto Técnico Municipal.

- Un representante de la Junta de Andalucía, designado por la Delegación Pral. de la Consejería de Gobernación.

- Un funcionario de carrera de igual o superior categoría a la plaza a cubrir a propuesta de los representantes sindicales.

- Un representante designado por cada grupo político.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue con voz y voto.

La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los vocales deberán estar en posesión de titulación académica de igual o superior nivel al exigido para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

Décima. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y designación.

Terminada la calificación de los ejercicios y valoración de los méritos, el Tribunal publicará el nombre de los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición, que se elevará al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación para que proceda a formular la designación como funcionario de carrera. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

El aspirante propuesto presentará en la Secretaría General del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al que se haga pública la propuesta del Tribunal, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.

Si el propuesto tuviese la condición de funcionario público o personal laboral fijo, estará exento de justificar las

condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente

certificación del organismo de que dependa acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Si el aspirante propuesto no presentase, dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, la documentación aludida, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos establecidos en las bases, no podrá ser nombrado funcionario de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiere haber incurrido por falsedad en su instancia.

Undécima. Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.

n lo no previsto en las bases de la convocatoria se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de

18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

Base final. Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la

convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯ o del que se dicte acto que imposibilite seguir con el procedimiento o produzca indefensión a los interesados, debiendo comunicar previamente su intención de interponer el correspondiente recurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley

30/1992.

A N E X O

Materias comunes.

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructuras.

Tema 2. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

Tema 3. El administrado. Consideración especial del interesado. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración.

Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

Tema 4. El acto administrativo: concepto y clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 5. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 6. Organización y competencias municipales.

Tema 7. Personal al servicio de la entidad local. La función pública local: organización, selección y situaciones

administrativas. El persronal laboral.

Tema 8. Derechos y deberes fundamentales del personal al servicio de los entes locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las entidades locales.

Tema 9. El presupuesto de las entidades locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria.

Materias específicas.

Tema 1. Escalas, construcción, comprobación y uso de escalas y círculos graduados. Transformación de escalas, comprobación, rectificación y manejo de reglas y plantillas.

Tema 2. Generalidades sobre normalización DIN ASA, ISO, UNE y Militar. Formatos.

Tema 3. Acotaciones. Nociones generales. Cotas de dimensión y de situación, selección, correlación y colocación de cotas. Acotación en el espacio limitado. Tolerancias acumulativas por simetría de concentridad y de ejes. Tolerancia para cotas angulares.

Tema 4. Tangentes. Construcción de circunferencias tangentes entre sí. Enlace de curva. Construcción de rectas y

circunferencias tangentes. Enlaces de rectas y curvas.

Tema 5. Perspectiva cónica. Generalidades y fundamento de la perspectiva cónica. Puntos de vista y línea del horizonte. Punto de concurso o de fuga. Puntos métricos o de distancia. Puntos inaccesibles. Casos en que uno de los puntos de concurso se encuentre fuera del cuadro.

Tema 6. Circunferencia y círculos. Posiciones respecto a recta. Cuerdas y arcos. Medidas de ángulos y arcos. Angulos centrales. Inscritos, seminscritos, interiores y exteriores. Arco capaz.

Tema 7. Arcos. Clasificación y construcción.

Tema 8. Polígonos. Definición, clases, elementos y

construcción.

Tema 9. Perímetro y área de los polígonos. Teorema de

Pitágoras. Longitud de la circunferencia y área del círculo. Area del sector. Segmento y corona circular. Medida de área, unidades agraria y usa.

Tema 10. Construcción de óvalos, ovoides y elipses. Diferentes casos.

Tema 11. Perspectiva axonométrica, isométrica, dimétrica y trimétrica. Perspectiva caballera.

Tema 12. Formas del Terreno. Cima o cota, vertiente o ladera, división, línea de cumbres, valle o vaguada, collado. Escarpe, puerto, rellano, ruptura de pendiente, cubeta, meseta, colina, etc.

Tema 13. Planos acotados y planos con curva de nivel.

Interpolación y trazado de curvas de nivel. Perfiles y

secciones.

Tema 14. Cartografía de uso de diferentes organismos en los servicios técnicos de planificación, infraestructuras y equipamientos.

Tema 15. Edificación. Plantas, alzados, secciones y cubierta. Interpretación y correlación. Detalles constructivos

específicos de los servicios técnicos de infraestructura de carreteras, infraestructura urbana, infraestructura industrial, e instalaciones municipales y deportivas.

Tema 16. Escaleras. Trazados y construcción. Tipologías.

Tema 17. Levantamiento de edificios y terrenos. Toma de datos de campo y construcción. Triangulación, nivelación y acotación. Superficiación y medición de volúmenes.

Tema 18. Generalidades sobre muros. Aparejos (ladrillos, muros, etc.). Gruesos. El muro como elemento de cerramiento y como elemento estructural.

Tema 19. Cerramiento de los edificios, parcelas, complejos, etc. Distintos sistemas: Tradiciones y patentes. Detalles constructivos.

Tema 20. Instalaciones de las edificaciones. Simbologías: Electricidad, fontanería, sanitaria, calefacción. Normativa de aplicación. Sistema de representación.

Tema 21. Clasificación urbanística del suelo.

Tema 22. Protección de la legalidad urbanística. Restauración del orden jurídico infringido por obras en curso de ejecución, terminadas o amparadas por licencia.

Tema 23. Protección de la legalidad urbanística. Restauración del orden jurídico infringido por obras en curso de ejecución, terminadas o amparadas por licencia.

Tema 24. Procedimiento sancionador en materia urbanística. Tipificación de las infracciones urbanísticas. Personas responsables. Reglas para aplicación de las sanciones.

Prescripción.

Tema 25. Los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico y del medio ambiente.

Tema 26. Espacios naturales protegidos. Régimen jurídico y clases. Especial referencia al Parque Natural de Cazorla Segura y las Villas.

Diseño asistido por ordenador.

Tema 27. Coordenadas y referencias.

Tema 28. La visión del papel.

Tema 29. Ordenes de dibujos.

Tema 30. Ordenes de edición.

Tema 31. Las capas. Concepto, creación y modificaciones.

Tema 32. Sombreado. Patrones.

Tema 33. Acotación.

Tema 34. Bloques. Definición, inserción, almacenamiento y atributos.

Tema 35. Trazados de planos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cazorla, 10 de diciembre de 2002.- El Alcalde-Presidente, José Luis Díaz Viñas.

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