Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 30/5/2003

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se somete a información pública el expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de zona arqueológica, del yacimiento denominado Factoría Romana de Salazones, sito en Algeciras (Cádiz).

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Encontrándose en tramitación el procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de zona arqueológica, del yacimiento denominado Factoría Romana de Salazones, sito en Algeciras, (Cádiz), y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, se anuncia la apertura de período de información pública del expediente, de conformidad con el artículo 9.2 de la Ley 16/85, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, artículo 13.1 de su Reglamento de desarrollo; Real Decreto 111/1986, de 10 de enero; artículo 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de 1999, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio de 1999).

A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo puedan, en el plazo citado, examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de Cultura de Cádiz, Departamento de Protección del Patrimonio Histórico, C/ Cánovas del Castillo, 35, planta baja, de nueve a catorce horas.

Cádiz, 30 de abril de 2003.- La Delegada, Bibiana Aido Almagro.

Justificación de la declaración del Bien.

La importancia del yacimiento de la factoría de salazones romana de Algeciras viene motivada por diversas razones. En primer lugar, la notable extensión conservada del yacimiento, comparable únicamente al complejo industrial de Baelo Claudia en Tarifa (Cádiz), y a la factoría de El Majuelo, en Almuñécar (Granada). En segundo lugar, se trata de uno de los poquísimos ejemplos del Mediterráneo occidental de una factoría prácticamente completa. En tercer lugar, el principal período de ocupación del yacimiento, desarrollado cronológicamente entre los siglos I-IV d.C., permite documentar la evolución diacrónica de la historia económica del Estrecho de Gibraltar en la Antig?edad clásica. Y en cuarto lugar, su estado de conservación, amplitud y diversidad del registro cerámico y numismático, confirman al yacimiento como paradigmático para el conocimiento del comercio y del tráfico marítimo de la Hispania meridional.

Delimitación.

a) Criterios y justificacion.

Por Resolución de 27 de mayo de 2002, de la Dirección General de Bienes Culturales, publicada en el BOJA núm., de 27 de junio, se incoa procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural de la Factoría Romana de Salazones, sita en la calle San Nicolás, 9, del término municipal de Algeciras, cuya delimitación literal y gráfica figuran en el anexo de dicha Resolución.

El motivo que origina esta primera delimitación lo encontramos en sucesivas excavaciones que han dado la la luz un total de 43 piletas de época romana, en buen estado de conservación, que vienen a constituir diferentes fases de ocupación de carácter industrial, y abarcarían desde el siglo I al VI d.C.

En un primer momento, y con carácter preventivo, la zona cautelada se limitó a la afectada por la zona de urbanización. Con posterioridad, se desarrollaron trabajos de gabinete (de diferentes excavaciones de la zona), así como unos trabajos más de campo. Todo ello originó que lo que en principio se

consideró el núcleo principal del yacimiento, se fuera

ampliamente desarrollando, fundamentalmente en su entorno, tanto productos de rastreos de excavaciones antiguas, como de modernas prospecciones.

Indicar asimismo, que el entorno ya edificado sólo queda afectado en su subsuelo.

b) Descripción.

Como consecuencia de todo lo dicho con anterioridad, la nueva delimitación propuesta ocupa una zona más extensa, que afecta a las siguientes parcelas:

- Manzana 01061, parcelas 01, 02, 04, 05 y 11, en su totalidad, y a la parcela 03, en parte.

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