Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 13/06/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N? 1 DE MORON DE LA FRA.

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 159/01. (PD. 2210/2003).

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Doña Rocío Ayllón Romero Secretaria en Provisión Temporal del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Morón de la Frontera.

Hago saber: Que en el proceso ordinario seguido en dicho Juzgado con el núm. 159/01 a instancias de Guiness United Distillers and Vinters, S.A., representada por la Procuradora Sra. María José León León, contra Carnes Garzón, S.L. y Angel Ruiz Vera, ambos declarados rebeldes, en reclamación de cantidad, se ha acordado publicar el presente para que sirva de notificación en forma recaída en los presentes autos a los citados demandados de la sentencia núm. 40/03 de fecha 9.4.03 cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "FALLO

Primero. Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Sra. León León en nombre y representación de Guiness United Distillers and Vintners, S.A., y, en consecuencia, condenar a los demandados Carnes Garzón, S.L., y don Angel Ruiz Vera al pago de diez mil cuatrocientos cincuenta euros con sesenta y seis céntimos -

10.450,66 euros-, más los intereses legales de dicha cantidad en la forma señalada en el Fundamento de Derecho tercero.

Segundo. Que asimismo debo imponer e impongo a los demandados el pago de las costas del presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla, que habrá de prepararse ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgado en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

Para que sirva de notificación en forma a Carnes Garzón, S.L. y Angel Ruiz Vera, extiendo el presente en Morón de la Frontera a quince de mayo de dos mil tres.- El/La Secretario Judicial.

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