Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 13/06/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N?8 DE TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 420/2002. (PD. 2211/2003).

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N.I.G.: 2990141C20028000432.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 420/2002. Negociado: MJ.

De: Don Carlos Coello Rodríguez, Presidente de la Comunidad de Propietarios del Edf. Los Delfines.

Procuradora: Sra. Cabeza Rodríguez, María Dolores.

Contra: Jean Nigita y Calvaruso Madeleine Martine.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 420/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Torremolinos a instancia de Carlos Coello Rodríguez, Presidente de la Comunidad de Propietarios del Edf. Los Delfines contra Jean Nigita y Calvaruso Madeleine Martine sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la ciudad de Torremolinos (Málaga) a 12 de mayo de 2003.

Vistos por el Sr. don Antonio Valero González Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Ocho de esta Ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 420/02 seguidos ante este Juzgado a instancia de la Comunidad de Propietarios Edificio Los Delfines representada por la Procuradora Sra. Cabeza Rodríguez y defendida por el Letrado Sr. Alonso Martínez contra Jean Nigita y Calvaruso Madeleine Martine, declarados en rebeldía, y,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Cabeza Rodríguez en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Edificio Los Delfines, contra Jean Nigita y Calvaruso Madeleine Martine debo declarar y declaro que el cierre de carpintería metálica realizado en el apartamento de los demandados (sito en C/ Jaén núm. 2, Apartamento núm. 25) altera la configuración exterior del inmueble y en concreto la fachada, habiéndose hecho sin la autorización de la Comunidad y en contra del tipo de cerramiento aprobado y autorizado y debo condenar y condeno a los demandados a que retiren el cierre de la terraza de su apartamento devolviendo a ésta a su estado primitivo. Todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días a preparar ante este Juzgado y a sustanciar ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Jean Nigita y Calvaruso Madeleine Martine, extiendo y firmo la presente en Torremolinos a veintiocho de mayo de dos mil tres.- El/La Secretario.

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