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Intentadas sin efecto diversas notificaciones, en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica al interesado el acto administrativo que se indica a continuación: "En cumplimiento de la Orden del Consejero de la Presidencia de fecha 20 de marzo de 2003, por la que se decide el procedimiento sancionador S.2002/002, instruido a la Sociedad de Radiodifusión Sonora en Modulación de Frecuencia, S.L., por la realización de actividades radiodifusoras sin título administrativo habilitante, se le apercibe, que tal y como prevé el artículo 95 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se va a proceder a la Ejecución Forzosa de la sanción recaída en la mencionada Orden, consistente en el cobro de una multa de seis mil diez euros y doce céntimos (6.010,12 euros)."
Sevilla, 26 de mayo de 2003.- El Director General, Rafael García Ortiz.
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