Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 20/06/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ESPEJO

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Se convoca Concurso-Oposición libre, para proveer una plaza de Técnico Deportivo, personal laboral, perteneciente al Grupo D, en el Ayuntamiento de Espejo con arreglo a las siguientes Bases:

BASES DE SELECCION DE UNA PLAZA DE TECNICO DEPORTIVO DE PERSONAL LABORAL DE LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO POR EL SISTEMA DE

CONCURSO-OPOSICION

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta Convocatoria la provisión mediante concurso- oposición de una plaza de técnico deportivo, personal laboral de la plantilla de este Ayuntamiento perteneciente al Grupo D, correspondiente a la Oferta de Empleo Público año 1999.

Segunda. Requisitos Para tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, será necesario reunir, en el momento de la finalización del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

- Ser español o nacional de un Estado miembro de UE.

- Tener cumplidos 18 años de edad.

- Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación profesional 1 Grado o equivalente.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

- No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Presentación de instancias.

A) Contenido. Las instancias para tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde de este Ayuntamiento y en ellas los/las aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberá indicarlo en la solicitud, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de técnico Deportivo (artículo 19 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado).

B) Lugar y plazo. Se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

C) Documentación acreditativa de los méritos alegados. Junto a la instancias los/as aspirantes deberán presentar, para la valoración de los méritos, los siguientes documentos:

- Certificación administrativa donde se acrediten los

servicios prestados.

- Certificación administrativa, documento original o copia compulsada de los títulos acreditativos de los méritos que se aleguen.

Cuarta. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 6 euros y serán satisfechos por los/las aspirantes en la cuenta que a nombre de este Ayuntamiento se encuentra abierta en CAJASUR y cuyo número de cliente es 2025/0149/26/3119090106, sólo serán devueltas en caso de no ser admitidos/as en la convocatoria y previa solicitud del interesado/a.

El resguardo acreditativo se unirá a la instancia.

Quinta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente procederá a la aprobación de la lista de admitidos/as, en el plazo de 10 días previsto en el artículo

71.1 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias, que por su naturaleza sean subsanables. Asimismo, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público junto con la lista de admitidos/as en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos recusatorios previstos en la

legislación.Sexta. Tribunal.

El Tribunal Calificador del concurso será constituido de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 896/91, de 7 de junio y Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, en la siguiente forma:

Presidente: Alcalde-Presidente o Concejal en quien delegue.

Vocales:

- Un empleado personal laboral de igual o superior Grupo de clasificación de la plaza que se selecciona, designado por la Comunidad Autónoma Andaluza.

- Un empleado personal laboral de la Corporación perteneciente al mismo grupo que la plaza que se selecciona, designado por el Sr. Presidente de la Corporación.

- Un empleado personal laboral, de igual o superior grupo de clasificación de las plazas que se seleccionan, designado por el Sr. Presidente de la Corporación.

- Un representante de personal laboral de la Corporación.

- Un representante de cada uno de los Grupos Políticos que forman la Corporación.

Secretario: El de la Corporación o funcionario/a de carrera en quien delegue, que actuará a efectos de fe pública.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, debiendo poseer titulación igual, o superior a la plaza convocada.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario/a y al menos dos vocales, titulares o suplentes, indistintamente.

Séptima. Fase de selección.

1. Fase de oposición.

La no presentación de un opositor a cualquiera de los

ejercicios en el momento de ser llamado, determinará

automáticamente la pérdida del derecho a participar en este ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido, en

consecuencia, del proceso selectivo.

Todos los ejercicios tendrán la consideración de obligatorios y eliminatorios para todos los aspirantes. La puntuación mínima para superar cada uno de los ejercicios será de 5 puntos, o en su caso, de apto.

1. Ejercicios:- Primero. Consistirá en la introducción de textos en un ordenador, con el fin de valorar los conocimientos del tratamiento de textos, la rapidez en la ejecución, la presentación, la precisión en la transcripción, en el sistema de windows.

- Segundo. Consistirá en responder a un cuestionario de 75 preguntas relativas al contenido del programa que se adjunta como anexo y de cultura general, con respuestas alternativas. Cada respuesta incorrecta se penalizará con una minoración de

0,23 puntos.

- Tercero. Consistirá en la realización de una prueba práctica planteada por el Tribunal y relacionada con las funciones de técnico deportivo. La valoración de esta prueba será de "apto" o "no apto".

1. Concurso.

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal valorará los méritos aportados por los aspirantes, debidamente acreditados, de acuerdo con el baremo establecido más adelante.

Esta prueba no será eliminatoria.

Calificación.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los diferentes miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de éstos, siendo su resultado la calificación definitiva.

La calificación final será la suma de las puntuaciones

obtenidas por los aspirantes aprobados en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.

A) Experiencia Profesional.

Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en puestos de trabajo de

similares características al de la plaza objeto de la

convocatoria: 0,03 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada, en puestos de trabajo relacionados con la plaza objeto de convocatoria: 0,02 puntos.

La puntuación máxima obtenida en este apartado será de 1 punto.

B) Cursos de Formación.

Siempre que se encuentren relacionados con los contenidos de la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público, o privadas homologados.

Hasta 14 horas o 2 días, 0,10 puntos.

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días, 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días, 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días, 0,40 puntos.

De 101 a 200 horas o de duración de 21 a 40 días, 0,50 puntos.

De 200 horas en adelante, 1,00 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

C) En caso de empate, el Tribunal podrá realizar una entrevista para resolver el mismo.

Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la valoración de méritos, el Tribunal publicará el nombre de los/as aspirantes que haya obtenido la mayor

puntuación, que elevará al Ilmo. Sr. Presidente de la

Corporación para que proceda a formular la contratación de manera indefinida.

Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en el Registro de Entrada dentro del plazo de 20 días naturales, a contar del siguiente a la publicación de aprobados/as, los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones que para tomar parte en el concurso-oposición se exigen en las Bases Segunda y Tercera.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la falsedad en su solicitud de participación.

Quienes tuvieran las condiciones de empleados/as públicos/as estarán exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o

designación, debiendo presentar únicamente Certificación de la Administración Pública de quien dependa, acreditando

su condición y demás circunstancias que consten en su

expediente personal.

Novena. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del Concurso.

En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto, Ley 7/85 de 2 de abril, Real Decreto 896/91, de 7 de junio, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo y demás disposiciones aplicables.

Décima. Recursos.

La presente convocatoria, sus Bases y cuantos actos

administrativos de carácter firme se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los/las interesados/as, en los plazos y forma establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

PROGRAMA ANEXO

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución española de mil novecientos setenta y ocho, Estructura y Principios Generales. Los derechos

fundamentales en la Constitución Española. El modelo

Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La Organización del Estado en la Constitución:

Organización Institucional o política y organización

territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas. El Poder

Judicial.

Tema 3. El Gobierno y la Administración. Principios de

actuación de la Administración Pública. La Administración del Estado. Las Comunidades Autónomas: Especial referencia a los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La

Administración Institucional.

Tema 4. El Régimen Local Español: Principios Constitucionales y regulación jurídica. Relaciones entre Entes Territoriales. La Autonomía Local.

Tema 5. El Municipio: Concepto y elementos. El término

municipal. La población: Especial referencia al

empadronamiento. La organización. Competencias municipales.

Tema 6. La Provincia. Organización Provincial. Competencias.

Tema 7. Otras Entidades Locales. Mancomunidades. Comarcas u otras Entidades que agrupen varios municipios. Las Areas Metropolitanas. Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal.

Tema 8. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo; Especial

referencia a la Ley y a los Reglamentos. La potestad

reglamentaria en la esfera local. Ordenanzas, Reglamentos y bandos: Procedimiento de elaboración y aprobación.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 9. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos: La Administración y el Administrado. Capacidad y

representación. Derechos del Administrado. Los actos jurídicos del Administrado.

Tema 10. El acto administrativo: Concepto, Clases y Elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión de los actos administrativos: de oficio y en vía de recurso administrativo.

Tema 11. El procedimiento administrativo: Principios

informadores. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento. Referencia a los procedimientos especiales.

Tema 12. Especialidades del procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de Documentos Funcionamiento de los Organos Colegiados locales: Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación.

Tema 13. Formas de la acción administrativa, con especial referencia a la Administración Local. La actividad de fomento. La actividad de Policía. Las licencias. El Servicio Público Local. Las responsabilidades de la Administración.

Tema 14. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas.

Tema 15. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista. Las garantías y responsabilidad en la contratación.

Tema 16. El personal al servicio de las Entidades Locales: Concepto y Clases. Derechos, deberes e incompatibilidades.

Tema 17. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Tema 18. Estudio especial de los ingresos tributarios:

Impuestos y Tasas y contribuciones Especiales. Los precios Públicos.

Tema 19. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del Presupuesto Local. Principios generales de ejecución del Presupuesto. Modificaciones Presupuestarias: Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito. Las

transferencias de créditos y otras figuras. Liquidación del Presupuesto.

Tema 20. El gasto público local: Concepto y régimen legal. Ejecución de los gastos públicos.

Espejo, 29 de mayo de 2003.- El Alcalde, Santiago J. Castro Crego.

Descargar PDF