Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 20/01/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTR. NUM. UNO DE CADIZ

EDICTO dimanante del procedimiento de desahucio por falta de pago núm. 147/2002. (PD. 94/2003).

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NIG: 1101241C20021000179.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 147/2002. Negociado: P: De: Administración y Servicios a la Propiedad Urbana. Procurador: Sr. Hortelano Castro, Carlos. Letrado: Sr. Carlos Sanz Cortés.

Contra: Don Manuel Marín Noya.

EDICTO

Hago saber: Que en el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N)

147/2002, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Cádiz, a instancia de Administración y Servicios a la Propiedad Urbana contra Manuel Marín Noya, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«Sentencia. En Cádiz, a quince de octubre de dos mil dos. Vistos por el Ilmo. Sr. don Pablo Sánchez Martín, Magistrado- Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad los presentes autos de juicio verbal de desahucio, seguidos bajo el núm. 147/2002, instados por el Procurador don Carlos Hortelano Castro, en nombre y representación de Administración y Servicios a la Propiedad Urbana, asistido por el Letrado don Carlos Sanz Cortés, contra don Manuel Marín Noya, sobre resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago de la renta...//...

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Carlos Hortelano Castro en nombre y representación de Administración y Servicios a la Propiedad Urbana, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio solicitado, apercibiendo al demandado, don Manuel Marín Noya, de lanzamiento si, firme la presente resolución, no desaloja la finca dentro de plazo legal; todo ello con expresa imposición de costas al demandado. Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se presentará en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz. Así por esta mi sentencia, juzgado definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.¯ Pablo Sánchez Martín. Firmado y rubricado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal al demandado Manuel Marín Noya, que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Cádiz, a 12 de diciembre de 2002.- El/La Secretario.

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