Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 27/06/2003

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, notificando propuesta de resolución formulada en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación de la propuesta de resolución, formulada en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre de 1992, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, indicándole que con ella se abre el trámite de audiencia y se pone de manifiesto el expediente en la Sección de Informes y Sanciones de esta Delegación Provincial de Medio Ambiente, C/ Sanlúcar de Barrameda, 3 de Huelva, pudiendo formular alegaciones a la misma en el plazo de quince días, y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes, todo ello en cumplimiento de lo establecido en el art. 19.1 del R.D.

1398/93 de 4 de agosto.

- Expediente: 2967/01.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Manuel Peláez Alba. C/ Rocina, 51. El Rocío-Almonte. Huelva.

Hechos denunciados: El día 23 de diciembre de 2001, en el km 25 de la A-483 (carretera de El Rocío a Matalascañas), término municipal de Almonte, poseer piezas de caza muertas cuya procedencia no se puede justificar debidamente.

Infracción: Art. 42.1.f) de la Ley 1/70, de 4 de abril, de Caza.

Tipificación: Art. 46.1.f) del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970, en relación con la Disposición Derogatoria Unica 1.e) de la Ley Orgánica de 23 de noviembre de 1995 del Código Penal.

Sanción propuesta: 601,01 euros por la infracción muy grave observada (art. 46.1.f) del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970, en relación con la Disposición Derogatoria Unica 1.e) de la Ley Orgánica de 23 de noviembre de

1995 del Código Penal).

Indemnización: De 300,51 euros, por daños consistentes en la muerte de un jabalí.

- Expediente: HU/2002/366/G.J.DE COTO/CAZ.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Manuel García Periáñez. C/ Blasco Ibáñez, 7. Almonte. Huelva.

Hechos denunciados: El día 29 de julio de 2001, en el coto de caza H-10264, sito en el término municipal de Almonte, cazar con cepos, con el resultado de una liebre muerta.

Infracción: Art. 46.1.e) del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970.

Tipificación: Art. 46.1.e) del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970, en relación con la Disposición Derogatoria Unica 1.e) de la Ley Orgánica de 23 de noviembre de 1995 del Código Penal.

Sanción propuesta: 300,51 euros por la infracción muy grave observada (art. 46.1.e) del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970, en relación con la Disposición Derogatoria Unica 1.e) de la Ley Orgánica de 23 de noviembre de

1995 del Código Penal).

Indemnización: De 60,10 euros, por daños consistentes en la muerte de una liebre.

Huelva, 10 de junio de 2003.- El Delegado, Justo Mañas Alcón.