Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 27/06/2003

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, notificando acuerdo de iniciación, formulado en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación del acuerdo de iniciación, formulado en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre de 1992, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, significándoles que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente, en la Sección de Informes y Sanciones de esta Delegación Provincial de Medio Ambiente, C/ Sanlúcar de Barrameda 3, de Huelva, pudiendo formular las alegaciones que a su derecho convenga, con la proposición y aportación de pruebas que considere oportunas, a tenor de lo dispuesto en los arts. 18 y 19 del R.D. 1398/93.

Expediente: HU/2003/349/G.C./FOR.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Doña Mariana Reyes Delgado. C/ Isaac Peral, 78. Aznalcóllar. Sevilla.

Hechos denunciados: El día 23 de enero de 2003, en el paraje El Rincón, dentro de los límites de la Zona de Protección del Arroyo la Rocina, del Parque Nacional de Doñana, sito en el término municipal de Almonte, el denunciado, para realizar un aprovechamiento apícola, ha realizado previamente una roturación del terreno con objeto de desbrozar y eliminar las especies arbustivas forestales, así como dos carriles de acceso a la misma, causando con ello daños al ecosistema del monte, el cual, por su singularidad se encuentra catalogado como zona de protección por la Ley 91/78, de Parques y Reservas Nacionales.

Infracciones:Art. 75.1 de la Ley Forestal de Andalucía.

Art. 76.2 de la Ley Forestal de Andalucía.

Art. 76.3 de la Ley Forestal de Andalucía.

Art. 76.4 de la Ley Forestal de Andalucía.

Tipificación:Art. 80.3 de la Ley Forestal de Andalucía.

Sanción propuesta: Una multa de 1.500 euros por la infracción grave observada (art. 86.b de la Ley Forestal de Andalucía).

Huelva, 10 de junio de 2003.- El Delegado, Justo Mañas Alcón.