Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 30/06/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 10 de junio de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso de alzada interpuesto por Carburantes Los Angeles, SL, contra otra dictada por el Delegado del Gobierno en Sevilla, recaída en el Expte. CSM-519/99.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente "Carburantes Los Angeles, S.L.", de la resolución adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"Sevilla, 28 de abril de 2003.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes

A N T E C E D E N T E S

Primero. La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla dictó la Resolución de referencia, por la que se impone a la entidad una sanción de cien mil (100.000 ptas.) o seiscientos un euros con un céntimo (601,01 E), de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho contenidos en la misma, a la que nos remitimos íntegramente.

Segundo. Contra la anterior resolución la entidad interpuso recurso de alzada, alegando lo que a su derecho convino.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Excmo. Sr. Consejero, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114. 1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el Decreto del Presidente 6/2000, de

28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto

138/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación, modificado por Decreto 373/2000, de 16 de mayo, y la Orden de 18 de junio de

2001, artículo 3.4, por la que se delegan competencias en diversas materias en los órganos de la Consejería.

Segundo. La entidad recurrente presentó recurso de alzada contra la Resolución sancionadora; a la vista del mismo se dictaron sendos oficios de fechas 19 de junio y 3 de septiembre de 2002, cuyos intentos de notificación resultaron infructuosos, con el contenido siguiente: "En relación con su escrito de recurso de fecha de registro de entrada 21 de diciembre de 2000, contra resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, recaída en el expediente núm. CSM-519/99, el art. 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, establece que "para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado"; analizado el mismo se observa que no queda acreditada la representación de la persona (cuyo nombre y apellidos tampoco constan) que lo firma, en nombre de la entidad `Carburantes Los Angeles, S.L.?.De acuerdo con el art.

71.1 de la misma Ley se le concede un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la presente, para que se acredite la representación, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su recurso, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la misma Ley, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."

En cumplimiento de lo preceptuado en el art. 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, se procedió a la notificación mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 124, de fecha 24 de octubre, y por medio de anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla), expuesto desde el 9 al 26 de octubre de

2002, según diligencia expedida por el responsable del

servicio; transcurrido el plazo concedido no se ha acreditado lo solicitado mediante oficio, por que se ha de tener a la entidad por desistida en el recurso interpuesto, sin entrar en el fondo del asunto.

Tercero. Vistos la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley 5/1985, de 8 de julio, de los Consumidores y Usuarios en Andalucía, el R.D.

1945/83, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria, la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación, esta Secretaría General Técnica

R E S U E L V E

Inadmitir a trámite, y archivar por desistimiento, el recurso de alzada interpuesto por "Carburantes Los Angeles, S.L." contra Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, confirmando la misma en todos sus términos.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa. El Secretario General Técnico. Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."

Sevilla, 10 de junio de 2003.- El Secretario General

Técnico, Rafael Cantueso Burguillos.

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