Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 30/06/2003

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, sobre Información Pública. (PP. 1830/2003).

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De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (BOE 28.11.97) y con el Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE 27.12.00), por el que se regula el procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a Información Pública la petición de autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración en concreto de utilidad pública, implicando ésta la urgente ocupación a los efectos del artículo

52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de la instalación eléctrica cuya relación de afectados se publica en BOE, BOJA, BOP y Diario La Opinión de Málaga.

Así mismo se publica la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados con sus correspondientes titulares, según la documentación aportada por la entidad beneficiaria de la instalación.

Las características principales son las siguientes: Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, SL.

Domicilio: C/Maestranza, 4-6. Málaga.

Finalidad: Línea aérea de 66 kV. D/C E/S, en Subestación Bobadilla de la línea 66 kV, D/C Humilladero-Nuevo Chorro, en Antequera.

Características:

-Línea aérea de 66 kV doble circuito con conductor LA-180 y 768 metros de longitud, con apoyos metálicos galvanizados.

Términos municipales afectados: Antequera (Málaga).

Presupuesto: 71.799,82 euros.

Referencia Expediente: AT 678/5467/1.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico, sito en Avda. de la Aurora, s/n. -Edificio Administrativo de Servicios Múltiples- 1 planta, y formularse al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Así mismo los afectados, dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, de acuerdo con el artículo 56 de Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones procedentes.

Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial que el peticionario les facilite los datos que estimen precisos para la identificación de los bienes.

Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los artículos 52 y siguientes de la Ley 54/1997 de 28 de noviembre, del Sector Eléctrico: Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, quedando limitada la plantación de árboles y prohibida la construcción de edificios e instalaciones industriales en la franja definida por la proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más desfavorables, incrementadas con las distancias mínimas de seguridad reglamentarias.

a) Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar reparaciones, mantenimiento, etc.

b) Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

Málaga, 3 de abril de 2003.- La Delegada, Isabel Muñoz Durán.

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