Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 30/06/2003

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, notificando resolución, formulada en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación de la resolución, formulada en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en el art. 59.4 y 61 de la Ley

30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre de 1992, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, significándoles que en el plazo de un mes queda de manifiesto el expediente en la Sección de Informes y Sanciones de esta Delegación Provincial de Medio Ambiente, C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; los Decretos

6/2000, de 28 de abril, de reestructuración de Consejerías, y

179/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, y en la Orden de 16 de julio de 1997 (BOJA núm. 93, de 12 de agosto), por la que se delegan competencias en materia de recursos ordinarios interpuestos contra Resoluciones recaídas en procedimientos sancionadores, recurso de alzada ante la Ilma. Viceconsejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación. Les comunico que el importe de la sanción deberá hacerse efectivo en período voluntario a partir del día siguiente a la fecha en que esta Resolución adquiera firmeza en vía administrativa.

La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente Resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior.

En cuyo caso el importe de la sanción deberán hacerlo efectivo en los plazos siguientes:

Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día

5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de Huelva o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 046. Con apercibimiento que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio.

- Expediente número: 3036/01.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Luis Rodríguez Reyes. C/ Quevedo, 24. Pilas (Sevilla).

Infracción: Arts. 31.22 y 42.1.f) de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza.

Tipificación: Art. 48.2.8 del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970.

Art. 46.1.f) Decreto 506/ 1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970, en relación con la Disposición Derogatoria Unica 1.e) de la Ley Orgánica de 23 de noviembre de

1995 del Código Penal.

Sanción propuesta: Una multa de 325,55 euros por las

infracciones observadas.

- Expediente: 2989/01.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don José Romero Benítez. Mercado Ribera Ctra. Sanlúcar-Chipiona (Cádiz).

Infracción: Arts. 13.3 y 21.2 de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza.

Art. 38.13 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.

Tipificación: Arts. 48.3.7 y 48.3.12 del Decreto 506/1971, de

25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970.

Art. 39.1 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.

Sanción propuesta: Una multa de 601,01 euros por las

infracciones observadas.

- Expediente: HU/2002/99/G.C./RSU.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Raimundo Demurez Asencio. Finca El Puntal, s/n. Cartaya (Huelva).

Infracción: Art. 34.4.a) de la Ley de Residuos.

Tipificación: Art. 34.4.a) de la Ley de Residuos.

Sanción propuesta: Una multa de 500 euros por la infracción leve observada.

- Expediente: HU/2002/804/G.C./CAZ.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Pedro Manuel Almansa Menudo. Prado San Roque, 25. Paterna del Campo

(Huelva).

Infracción: Art. 46.1.e) del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970.

Tipificación: Art. 46.1.e) del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970, en relación con la Disposición Derogatoria Unica 1.e) de la Ley Orgánica de 23 de noviembre de 1995 del Código Penal.

Sanción propuesta: Una multa de 300,51 euros, por la infracción muy grave observada.

- Expediente: HU/2002/712/G.C./INC.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Juan Limón Gómez. C/ Queipo de Llano, 19. Gibraleón (Huelva).

Infracción: Art. 64.4 de la Ley 5/ 1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales (la

realización de usos o actividades sometidos a autorización previa sin la obtención de la misma o bien con incumplimiento de las condiciones establecidas en ella o en la normativa que resulte de aplicación).

Tipificación: Art. 68 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.

Sanción propuesta: Una multa de 60,10 euros por la infracción leve observada.

- Expediente: HU/2003/17/AG.MA./INC.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Miguel Angel Canela González. C/ Justino Matute, 18, 1.? D. Sevilla.

Infracción: Art. 64.3 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales (la

realización de actividades o usos prohibidos de conformidad con el art. 28).

Tipificación: Art. 68 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.

Sanción propuesta: Una multa de 180 euros por la infracción leve observada.

Expediente: HU/2003/10/G.C./INC.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Javier Pérez Domínguez. C/ Gustavo Adolfo Bécquer, 47. Bellavista-Aljaraque (Huelva).

Infracción: Art. 64.3 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales (la

realización de actividades o usos prohibidos de conformidad con el art. 28).

Tipificación: Art. 68 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.

Sanción propuesta: Una multa de 60,10 euros por la infracción leve observada.

Expediente: HU/2003/16/G.C./INC.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Doña Encarnación Domínguez Rodríguez. C/ Licinio de la Fuente, 10-B-D. Huelva.

Infracción: Art. 64.3 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales (la

realización de actividades o usos prohibidos de conformidad con el art. 28).

Tipificación: Art. 68 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.

Sanción propuesta: Una multa de 180 euros por la infracción leve observada.

Huelva, 10 de junio de 2003.- El Delegado, Justo Mañas Alcón.

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