Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 22/07/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 4 de julio de 2003, de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la concesión de subvenciones de la Orden de 26 de abril de 2002, de Instalaciones Deportivas, correspondiente al ejercicio 2003.

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El artículo 15.1 de la Orden del epígrafe publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 9 de mayo de 2002 recoge la delegación del Consejero de Turismo y Deporte a favor del Director General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas para la resolución de las solicitudes acogidas a dicha Orden, para la convocatoria del presente ejercicio conforme a la Resolución de 14 de febrero de 2003 (BOJA número

45, de 7 de marzo).

De otra parte dicho artículo señala que el plazo de resolución y notificaciones será de cuatro meses desde la finalización del establecido para la presentación de las

solicitudes.Concurriendo la circunstancia prevista en el artículo 42 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que pudiera suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución y notificación por el órgano competente para resolver, procede razonablemente acordar la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación de dichas solicitudes.

Por todo lo expuesto y de conformidad con el artículo 42 de la citada Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en relación con el artículo 15.1 de la Orden mencionada de 26 de abril de 2002 esta Dirección General HA RESUELTO

Prorrogar hasta el plazo máximo de seis meses desde la finalización del establecido para la presentación de las solicitudes el plazo para resolver y notificar las solicitudes presentadas acogidas a la convocatoria para el año en curso, dictada mediante Resolución de 14 de febrero de 2003.

Contra el presente acuerdo y de conformidad con el citado artículo 42 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre no cabe recurso alguno.

Sevilla, 4 de julio 2003.- El Director General, Luis Miguel Pons Moriche.

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