Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 24/07/2003

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 16 de julio de 2003, por la que se hacen públicos los listados de aspirantes seleccionados/as en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, y se les nombra funcionarios en prácticas.

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De conformidad con lo establecido en la Base Novena, apartado 6, de la Orden de 17 de marzo de 2003, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros (BOJA núm. 56, de 24 de marzo), por medio de la presente se procede a la publicación de los/las aspirantes seleccionados/as, ordenados/as por la puntuación global obtenida.

A tales efectos, conviene recordar que para la modalidad de ingreso en la Función Pública Docente, el modelo selectivo exige la superación de todas las pruebas de la fase de oposición con puntuaciones de cinco o más puntos. No obstante, el sistema previsto de ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso, obliga que la ordenación de los/las seleccionados/as se realice a partir de los valores ponderados que en algunos casos pueden ser inferiores a cinco puntos, y que nunca se deben identificar con las calificaciones obtenidas en las distintas pruebas de la fase de oposición.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la Base Novena, apartado 6, de la referida Orden de 17 de marzo de

2003, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas en los artículos 39 y 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, D I S P O N G O

Primero. Hacer públicos, por especialidades, los listados de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, con indicación de la puntuación global obtenida, según Anexo I de la presente Orden.

Segundo. Nombrar, con carácter provisional, como funcionarios/as en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios/as de carrera, los/las aspirantes que figuran como Anexo I a la presente Orden.

Los/las Maestros/as referidos, realizarán la fase de prácticas en los destinos provisionales que a tal efecto les sean adjudicados.

Tercero. Quedarán anuladas todas las actuaciones de aquellos/as aspirantes que, dentro del plazo fijado en la Base 10.3 de la citada Orden de 17 de marzo de 2003, no hubieran presentado la documentación exigida por la Base 10.2, o, del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no pudiendo ser nombrados/as funcionarios/as en prácticas, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Quienes precisen aplazamiento de incorporación a la fase de prácticas por encontrarse en período de gestación o por otras causas debidamente justificadas y apreciadas por la Consejería de Educación y Ciencia, deberán solicitarlo mediante escrito dirigido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

Cuarto. La fecha en que comenzará a surtir efectos el nombramiento como funcionarios en prácticas será el 1 de septiembre de 2003. Aquellos aspirantes que no se incorporen al destino provisional adjudicado en el plazo comprendido entre dicho día y el 5 de septiembre de 2003, ambos inclusive, se entenderá que renuncian al procedimiento selectivo, salvo que se les hubiese concedido el aplazamiento de incorporación a la fase de prácticas por alguno de los motivos anteriormente citados.

Quinto. Aquellos/as aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo por la citada Orden de 17 de marzo de

2003 y por la correspondiente a otra u otras Administraciones Educativas, deberán, en el plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación oficial de esta Orden, optar por una de ellas mediante escrito dirigido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario/a en prácticas se

entenderá como renuncia tácita a las restantes.

Sexto. Se faculta a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

Séptimo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, o la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según corresponda conforme a lo establecido en los artículos

8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o,

potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 109, 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 16 de julio de 2003

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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