Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 29/08/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En relación con las Bases Generales para la selección de personal funcionario y laboral de este Ayuntamiento, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 82, de fecha 9 de abril de 2001, y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 48, de fecha 26 de abril de 2001, se hace público el Anexo III de bases específicas, para cubrir en propiedad una plaza de Técnico de Administración General, aprobadas por Decreto de esta Alcaldía con fecha 18 de agosto de 2003 el cual declara sin efecto el aprobado por Decreto de la Tenencia de Alcaldía de Recursos Humanos de fecha 20 de mayo de 2001 y publicado como Anexo III en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 207, de 6 de septiembre de 2001.

ANEXO III

Denominación de la plaza: Técnico de Administración General.

Número de plazas: 1 (Una).

Perteneciente a la Escala: Administración General.

Subescala: Técnica.

Grupo: A.

Titulación: Licenciado en Derecho.

Derechos de examen: 24 euros.

Sistema de selección: concurso.

Los méritos alegados por los aspirantes, que deberán justificarse mediante la presentación de los documentos originales que lo acrediten o en su caso fotocopia compulsada de los mismos, podrán ser retirados una vez finalizado el procedimiento de selección, previa petición del interesado y serán valorados de acuerdo con el baremo que se especifica a continuación:

A) Servicios prestados en la Administración Local o en su Organismos Autónomos:

a.1. En igual plaza, hasta un máximo de 9 puntos: 0,12 puntos x mes.

a.2. En otra plaza, hasta un máximo de 4 puntos: 0,06 puntos x mes.

B) Servicios prestados en otra Administración Pública o en sus Organismos Autónomos:

b.1. En igual plaza, hasta un máximo de 2,5 puntos: 0,06 puntos x mes.

b.2. En otra plaza, hasta un máximo de 1,5 puntos: 0,03 puntos x mes.

C) Formación: Hasta un máximo 2 puntos a razón de:

c.1. Titulación académica: Por poseer titulación académica distinta a la exigida para el ingreso en la categoría y grupo del empleado, según lo establecido en el artículo 25 de la Ley

30/1984 y que sea relevante para el desempeño de la plaza objeto de la convocatoria, se valorará hasta un máximo de 0,5 puntos. Curso de postgrado o máster.

c.2. Cursos de Formación: Por realización de cursos de formación o perfeccionamiento de una duración mínima de 20 horas lectivas, debidamente acreditadas a juicio del tribunal calificador, relacionadas con los conocimientos necesarios para el desempeño del puesto, hasta un máximo de 3 puntos.

La escala de valoración será la siguiente:

De 20 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,15 puntos.

De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días: 0,25 puntos.

De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,50 puntos.

De 101 a 200 horas o 21 a 40 días: 1,0 punto.

De más de 200 horas o más de 40 días: 1,50 puntos.

Dicha escala será valorada con el doble de la puntuación establecida, para el caso de haber realizado el curso en calidad de ponente.

En todo caso, si no se justifica la duración del curso, se valorará con la puntuación mínima, siempre que esté relacionado con el puesto a cubrir.

D) A criterio del tribunal se podrá establecer una entrevista curricular a aquellos aspirantes que se determinen al objeto de ampliar información o constatar algún aspecto concreto de los méritos alegados, del resultado de la misma se podrá conceder al aspirante hasta un máximo de dos puntos.

Puerto Real, 18 de agosto de 2003.- El Alcalde, José Antonio Barroso Toledo.

Descargar PDF