Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 180 de 18/09/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 1 de septiembre de 2003, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del Centro docente privado Keops-Kefren II de Málaga.

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Visto el expediente tramitado por don Juan Antonio Cruzado Ríos, como representante de la entidad Keops-Kefren, S.L, de Málaga, titular del Centro docente privado "Keops-Kefren II", con domicilio en C/ Beatas, 20, de Málaga, solicitando modificar la autorización de enseñanzas concedida por Orden de

22 de abril de 2002 (BOJA de 1 de junio), para la ampliación de puestos escolares en el Ciclo Formativo de Grado Superior de Administración de Sistemas Informáticos.

Resultando que, por Orden 22 de abril de 2002 (BOJA de 1 de junio), el Centro tiene autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior (un ciclo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos, un ciclo de Técnico Superior en Desarrollo en Aplicaciones Informáticas y uno de Técnico Superior en Secretariado).

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de

14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto

173/1998, de 16 de febrero, y el Real Decreto 835/2002, de 2 de agosto, que modifica los Reales Decretos 986/1991 y 1004/1991, y el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Málaga, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Primero. Autorizar la modificación de las enseñanzas solicitadas al Centro Docente Privado "Keops-Kefren II", de Málaga, y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Keops-Kefren II".

Titular: Keops-Kefren, S.L.

Domicilio: C/ Beatas, núm. 20.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Código núm.: 29000384.

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior (impartidos en doble turno):

- Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 46.

- Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

- Técnico Superior en Secretariado.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 20.

Segundo. El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Tercero. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Privados para impartir

Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio).

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de septiembre de 2003

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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