Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 181 de 19/09/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 60 DE MADRID

EDICTO dimanante del procedimiento de menor cuantía núm. 82/2001. (PD. 3452/2003).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Número de Identificación Unico: 28079 1 0015509/2001.

Procedimiento: Menor Cuantía 82/2001.

Sobre: Otras materias.

De: B. Bilbao Vizcaya Argentaria S.A.

Procurador: Francisco Abajo Abril.

Contra: Don Rafael Heredia Silva, Pilar Escobero Moreno.

Procurador/a Sr./a.: Sin profesional asignado, sin profesional asignado.

CEDULA DE NOTIFICACION Y EMPLAZAMIENTO

En autos de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Providencia de la Magistrada-Juez Sra. doña Inmaculada Vacas Hermida.

En Madrid, a veintiuno de julio de dos mil tres.

El anterior escrito presentado por el Procurador don Francisco José Abajo Abril, y diligencias negativas de emplazamiento practicadas por el S.C.N.E de Granada, en cumplimiento de exhorto remitido, únanse a los autos de su razón.

Se tienen por hechas las manifestaciones y dado el paradero desconocido de los codemandados don Rafael Heredia Silva y doña Pilar Escobero Moreno, siendo de aplicación en el trámite procesal en que nos encontramos la Ley de Enjuicimiento Civil de 1881, emplácese en legal forma a los citados codemandados para que, si les conviniere, dentro del término de diez días se personen en los autos núm. 82/2001 seguidos a instancia de BBVA, S.A. por medio de Abogado que les defienda y Procurador que les represente, bajo apercibimiento que de no verificarlo serán declarados en situación legal de rebeldía procesal, dándose por precluido el trámite de contestación. Para que tenga lugar, publíquense Edictos en el Boletín Oficial de la Comunidad de Andalucía, y tablón de anuncios del Juzgado, entregándose el primero a la parte actora para que cuide de su diligenciado.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Así lo manda y firma SS.ª, doy fe.

El/La Magistrado-Juez El/la Secretario.

Y como como consecuencia del ignorado paradero de los demandados Rafael Heredia Silva y Pilar Escobero Moreno se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento en Madrid a veintiuno de julio de dos mil tres.- El/La Secretario.

Descargar PDF