Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 22/09/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N?1 DE MOTRIL

EDICTO dimanante del juicio verbal núm. 281/2002. (PD. 3454/2003).

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NIG: 1814042C20020000173.

Procedimiento: J. Verbal (N) 281/2002. Negociado: MON.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Sevillana de Electricidad, S.A.

Procuradora: Sra. María Teresa Esteva Ramos.

Letrado: Sr. José María Giménez Mena.

Contra: Doña Dolores Cortés Fernández (rebelde).

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 281/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Motril a instancia de Sevillana de Electricidad, S.A., contra Dolores Cortés Fernández sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Motril a veintitrés de junio de dos mil tres.

Don Víctor Manuel Escudero Rubio, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Motril, ha visto los presentes autos de juicio verbal núm. 281/2002, promovidos por la Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., representada por la Procuradora Sra. Esteva Ramos y asistida del Letrado Sr. Giménez Mena, contra doña Dolores Cortés Fernández, que permaneció en rebeldía durante el curso del procedimiento, sobre reclamación de cantidad.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda promovida por la Procuradora Sra. Esteva Ramos, en nombre y representación de la Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., contra doña Dolores Cortés Fernández:

1 . Debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 1.217,84 euros.

2. La cantidad objeto de condena devengará interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.

3. Se condena en costas a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, que habrá de prepararse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación en los términos previstos en la LECN. Publíquese y llévese el original de esta sentencia al libro correspondiente y su testimonio a los autos.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Dolores Cortés Fernández, extiendo y firmo la presente en Motril a dos de julio de dos mil tres.- La Secretaria.

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