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La Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 39.7 que corresponde al titular de cada Consejería la firma de los contratos relativos a asuntos propios de su Departamento.
La Orden de 28 de octubre de 1996 delegó determinadas competencias en materia de gastos y contratación en los Delegados Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales.
Razones de eficacia administrativa aconsejan delegar en el Delegado Provincial de Asuntos Sociales de Almería la contratación de las obras que se indican por un importe superior al señalado en el Apartado Primero B) de la mencionada Orden.
En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DISPONGO
Primero. Se delega en el Delegado Provincial de Asuntos Sociales de Almería la competencia para la contratación de las siguientes obras, por importe superior a 300.506 E:
- Adaptación de Local para Ampliación de la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Almería con un presupuesto base de licitación aproximado de 370.969,00 euros en concepto de ejecución de obras y 19.500,00 euros en concepto de redacción de proyecto que se corresponde con la aplicación presupuestaria 0.1.21.00.02.04.662.00.31 A.
Segundo. En las Resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.
Tercero. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de septiembre de 2003
ISAIAS PEREZ SALDAÑA
Consejero de Asuntos Sociales
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