Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 30/09/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE INSTRUCCION NUM. TRES DE MARBELLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 177/2001. (PD. 3585/2003).

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Núm. de Identificación General: 2906943C20018000236.

Procedimiento: J. Verbal (N) 177/2001. Negociado: AV.

E D I C T O

Juzgado: Juzgado de Instrucción Núm. Tres de Marbella (antiguo Mixto Núm. Ocho).

Juicio: J. Verbal (N) 177/2001.

Parte demandante: Unicaja.

Parte demandada: Inés María Enríquez Figueroa.

Sobre: J. Verbal (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la sentencia en cuyo encabezamiento y fallo se dispone:

En Marbella, a ocho de julio de dos mil tres.

Visto por el Ilmo. Sr. don Gonzalo Divar Bilbao, Magistrado- Juez de Instrucción Núm. Tres de esta localidad, el Juicio Verbal, seguido con el núm. 177/01, en virtud de demanda formulada por la entidad Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja) representada procesalmente por el Procurador Sr. García, defendida por el Letrado Sra. Bazán, contra doña Inés María Enríquez Figueroa, la cual fue declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, he pronunciado en nombre del Rey el siguiente:

F A L L O

Que estimando totalmente la demanda presentada por el Procurador Sr. García, en nombre y representación de la entidad, Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja) debo condenar y condeno a doña Inés María Enríquez Figueroa, a que abone a aquélla, la cantidad de 1.487,88 euros, más los intereses pactados correspondientes que se devenguen desde la fecha de la liquidación. Se imponen las costas al demandado de forma expresa.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, a contar desde su notificación, a interponer ante este Juzgado, para su conocimiento por la Ilma. Audiencia Provincial.

Así, por esta su sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronunció, mandó y firmó S.S.ª En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha uno de febrero el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente Edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación sentencia.

En Marbella, a nueve de julio de dos mil tres.- El/La Secretario/a Judicial.

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