Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 02/10/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 3 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1062/2002. (PD. 3618/2003).

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NIG.: 2906742C20020022111.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1062/2002. Negociado:

De: Doña María Carabantes González y Diego, José M.ª y Salvador Manzano Carabante.

Procuradores: Sr. Carlos Randón Reyna y Carlos Randón Reyna.

Letrado: Sr. Rosas Moreno, Manuel.

Contra: Banco del Norte.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1062/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Tres de Málaga a instancia de María Carabantes González y Diego, José M.ª y Salvador Manzano Carabante contra Banco de Norte sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En la ciudad de Málaga, diez de julio de dos mil tres.

En nombre de S.M. el Rey, vistos ante este Tribunal integrado por la Ilma. Sra. Magistrada doña Consuelo Fuentes García, Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Tres de Málaga y su Partido Judicial, los presentes autos de juicio ordinario núm..062/02 seguidos a instancias del Procurador de los Tribunales don Juan Carlos Randón Reyna, en nombre y representación de doña María Carabantes González, don Diego Manzano Carabante, don José María Manzano Carabante y don Salvador Manzano Carabante, asistidos por el Letrado don Manuel Rosas Moreno, contra la entidad Banco del Norte, S.A. en rebeldía, versando los presentes autos sobre otorgamiento escritura pública.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales don Juan Carlos Randón Reyna, en nombre y representación de doña María Carabantes González, don Diego Manzano Carabante, don José María Manzano Carabante y don Salvador Manzano Carabante, asistidos por el Letrado don Manuel Rosas Moreno, contra la entidad Banco del Norte, S.A., debo condenar y condeno a la citada parte demandada para que otorgue escritura pública a favor de los actores en forma del 50% indiviso a favor de doña María Carabantes González, y el otro

50% indiviso en partes iguales a favor de don Diego, don José María y don Salvador Manzano Carabantes, del inmueble sito en Málaga, calle Sierra Bermeja núm., portal núm., piso 2.? C, finca registral núm./A, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. de Málaga, Tomo 611, Libro 611, Folio 122. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (art. de la LECn.) El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el di siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art..2 de la LECN).

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales definitivamente juzgando en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Banco de Norte, extiendo y firmo la presente en Málaga a cinco de septiembre de dos mil tres.- El/La

Secretario.

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