Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 06/10/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento de menor cuantía núm. 787/2000. (PD. 3645/2003).

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NIG: 4109100C20000031828.

Procedimiento: Menor Cuantía 787/2000. Negociado: 3.? Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Doña Eva María Martínez Monraval.

Procurador: Sr. Angel Díaz de la Serna y Aguilar.

Contra: Don José Luis Pérez Lancharro y María Luisa García.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Menor Cuantía 787/2000 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Dos de Sevilla a instancia de Eva María Martínez Monraval contra José Luis Pérez Lancharro y María Luisa García sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En la Ciudad de Sevilla, diecisiete de octubre de dos mil dos.

El Ilmo. Sr. don Sebastián Moya Sanabria, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dos de Sevilla, ha visto los presentes autos Juicio Declarativo de Menor Cuantía número 787/00-3.?, instados por doña Eva María Martínez Morabal, representada por el Procurador don Angel Díaz de la Serna y Aguilar y dirigida por el Letrado don José María Soler Pérez; y de otra como demandados don José Luis Pérez Lancharro y doña María Luisa García, declarados en rebeldía en este procedimiento que versa sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Angel Díaz de la Serna y Aguilar, en nombre y representación de doña Eva María Martínez Morabal, debo condenar y condeno a los demandados don José Luis Pérez Lancharro y doña María Luisa García, a que, abonen a la actora la suma de 7.924,74 euros de principal, más los intereses legales de la misma desde la fecha de emplazamiento; todo ello con expresa imposición de costas a dichos demandados.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de cinco días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados José Luis Pérez Lancharro y María Luisa García, extiendo y firmo la presente en Sevilla a tres de septiembre de dos mil tres.- La Secretaria.

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