Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 10/10/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 9 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 69/2003. (PD. 3715/2003).

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NIG: 2906742C20030000984.

Procedimiento: J. Verbal (N) 69/2003. Negociado: O2.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Manuel Carreras Niel.

Procuradora: Sra. González Illescas, Rosa.

Letrada: Sra. Rey Lesaca, María Visitación.

Contra: Doña Antonia Vela Villalba.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 69/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga a instancia de Manuel Carreras Niel contra Antonia Vela Villalba sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la ciudad de Málaga, a doce de junio de dos mil tres. La Ilma. Sra. Doña María Isabel Gómez Bermúdez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga, y su Partido, ha pronunciado la siguiente.

Sentencia. Habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal número 69/03 seguidos ante este Juzgado a instancias de don Manuel Carreras Niel, representado por la Procuradora Sra. González Illescas, doña María Rosa y dirigido por el Letrado Sra. Rey Lesaca doña Visitación, contra doña Antonia Vela Villalba, declarada en situación de rebeldía, en reclamación de la cantidad de 1.296,30 euros.

Fallo. Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. González Illescas en nombre y representación de don Manuel Carreras Niel contra doña Antonia Vela Villalba, debo condenar y condeno a la Sra. Vela Villalba a abonar a la parte actora la cantidad de mil doscientos noventa y seis euros con treinta céntimos (1.296,30 euros), más los intereses legales de tal cantidad a contar desde la fecha de interposición de la demanda, esto es, 16.1.03; ello con imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra esta Sentencia que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Antonia Vela Villalba, extiendo y firmo la presente en Málaga a ocho de julio de dos mil tres.- El/La Secretario.

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