Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 17/10/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 45/2003. (PD. 3811/2003).

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N.I.G.: 4109100C20030000781.

Procedimiento: Verbal-Desah. F. Pago (N) 45/2003. Negociado:

3.?

Sobre: Resolución contrato arrendamiento y Reclamación de rentas.

De: Doña Felicidad Cañuelo Camacho.

Procurador: Sr. Manuel Martín Toribio.

Letrado: Sr. Femenías Cañuelo, Rafael.

Contra: Don José Zamorano Santos.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desah. F. Pago (N) 45/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Sevilla a instancia de Felicidad Cañuelo Camacho contra José Zamorano Santos sobre Resolución contrato arrendamiento y Reclamación de rentas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En la ciudad de Sevilla, a veinticinco de julio de dos mil tres.

El Ilmo. Sr. don Sebastián Moya Sanabria, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Dos de esta capital, ha visto los presentes autos Juicio Verbal número 45/03-3.?, instados por doña Felicidad Cañuelo Camacho representada por el Procurador don Manuel Martín Toribio, y dirigido por el Letrado don Rafael Femenías Cañuelo contra don José Zamorano Santos, declarado en rebeldía, en este procedimiento que versa sobre resolución de contrato de arrendamiento y reclamación de rentas.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador Manuel Martín Toribio en nombre y representación de Felicidad Cañuelo Camacho contra José Zamorano Santos, declaro resuelto el contrato de arrendamiento que vincula a las partes y que tiene por objeto el local comercial sito en esta ciudad, calle Fernando IV, núm. 40, bajo, condenando al demandado a que desaloje dicho inmueble, con apercibimiento de lanzamiento caso de no practicar tal desalojo de forma voluntaria; igualmente el demandado queda condenado a abonar al demandante la suma de 643,71 euros más los intereses devengados por esa cantidad desde la fecha de citación a la vista calculados al tipo de interés legal del dinero, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que habrá de prepararse ante este Juzgado en un plazo de cinco días en la forma prescrita en el artículo 457.2 de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, acreditando por escrito tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deban pagarse adelantadas.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Zamorano Santos, extiendo y firmo la presente en Sevilla a treinta de septiembre de dos mil tres.- La Secretaria.

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