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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma se ha resuelto dar publicidad a las subvenciones concedidas a las Entidades Locales que se indican en el Anexo, en las cuantías respecto a gastos de inversión y corrientes indistintamente, para la constitución y funcionamiento de Juntas Arbitrales de Consumo de ámbito local, conforme a lo dispuesto en la Orden de
1 de febrero de 2002, del Consejero de Gobernación, y Resoluciones de 17 de diciembre de 2002 y de 16 de julio de
2003 de la Dirección General de Consumo.
Sevilla, 19 de septiembre de 2003.- La Directora General, Elia Rosa Maldonado Maldonado.
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