Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 23/10/2003

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se somete a información pública el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, categoría Conjunto Histórico, a favor del núcleo urbano de Valdelarco (Huelva).

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Encontrándose en tramitación el procedimiento de Declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor de Valdelarco (Huelva), cuya descripción y delimitación literal y gráfica figuran en el Anexo al presente anuncio, y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, de conformidad con los artículos

9.2 de la Ley/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; 13.1 de su Reglamento de desarrollo, Real Decreto/1986, de 10 de enero, 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de

1999 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio), se anuncia la apertura de período de información pública del expediente por plazo de veinte días.

A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por el plazo indicado, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo puedan en el citado plazo examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, Departamento de Protección e Instituciones del Patrimonio Histórico, Avda. de Alemania, 3, de Huelva, de nueve a catorce horas.

Huelva, 1 de octubre de 2003.- La Delegada, Guadalupe Ruiz Herrador.

A N E X O

I. JUSTIFICACION DE LA DECLARACION

Valdelarco es un pequeño pueblo situado en el Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche, en una zona de gran belleza natural, sobre un relieve accidentado que ha condicionado su entramado urbano, lo que le otorga un gran atractivo paisajístico.

La declaración como Bien de Interés Cultural, categoría de Conjunto Histórico, de Valdelarco, se ve justificada por varios factores. El pintoresquismo es su principal característica, basada principalmente en una arquitectura doméstica de pequeña escala y de constitución pobre cuya configuración está vinculada a una topografía fuertemente movida. Por lo tanto, la relación visual entre el medio edificado y el territorio circundante es muy fuerte. Las particulares características orográficas determinan notablemente la configuración del núcleo urbano, dispuesto de modo escalonado, adaptándose con estrechas y empinadas calles al perfil montañoso, configurando un peculiar aspecto de fuerte sabor popular y tradicional.

La cualidad como Conjunto Histórico, y no mero conglomerado, se ha producido de forma espontánea debido a la utilización de unos parámetros de escala y constructivos que han permanecido inalterados durante mucho tiempo. El principal hito arquitectónico del núcleo es la Iglesia Parroquial del Divino Salvador, debido a su situación privilegiada y volumen imponente, asumiendo tal papel sin competencia, en claro contrapunto con respecto al resto de la edificación, de carácter popular. En el proceso de homogeneización se percibe una tendencia a la popularización de los escasos ejemplos arquitectónicos cultos existentes en el núcleo. Las pequeñas dimensiones del conjunto junto al escaso poder adquisitivo de sus habitantes ha provocado que la demanda de renovación urbana haya sido casi inexistente, conservándose así un gran número de edificaciones antiguas que, aunque de carácter humilde, configuran un conjunto singular y de gran valor etnográfico.

Como elementos más destacados, las terrazas y solanas otorgan gran parte de la idiosincrasia de la localidad, elementos éstos que se encuentra en otras poblaciones serranas, aunque en ningún lugar se alcanza tal concentración y originalidad como en Valdelarco.

Por todas estas razones, Valdelarco recoge todas las

características para su definición como Conjunto Histórico- Artístico Popular.

Los orígenes históricos del municipio se sitúan en la

Prehistoria reciente, contando con diversos yacimientos arqueológicos de esta época y posteriores, aunque los

testimonios son escasos hasta la época cristiana, destacando por su importancia para la constitución de Valdelarco el proceso de Repoblación. Respecto a la evolución histórica del Conjunto, el núcleo originario debió surgir en las zonas más altas, asentado entre la Sierra del Acebuche y la de Bonales, y orientado hacia el mediodía. Desde aquí fue ampliándose hacia las cotas más bajas, donde se encuentra el Barranco que cruza el valle de Este a Oeste, y que surte de agua a las tierras de cultivo. En un segundo crecimiento las manzanas primitivas tenderán a alargarse en sentido Este-Oeste buscando la misma orientación. Junto a este crecimiento aparecen viviendas junto a los caminos que parten hacia los pueblos vecinos, dando lugar a manzanas lineales de una sola fachada. Los desarrollos urbanos más recientes se focalizan en las márgenes de las dos vías de acceso a la población, situadas en la zona baja y la alta, así como en algunos caminos de acceso.

La nueva delimitación del Conjunto Histórico de Valdelarco comprende todas las parcelas catastrales contempladas en el plano, por lo cual su línea de delimitación abarca el núcleo del pueblo en su totalidad. La justificación de optar por dicho criterio se basa en las escasas dimensiones que presenta, el carácter compacto de un caserío de arquitectura doméstica de pequeña escala con escasas edificaciones diseminadas y una casi inexistente renovación urbana. De este modo, debido a la utilización de unos tipos y escalas constructivos que han permanecido inalterados tras el paso del tiempo, la coherencia estilística del conjunto presenta escasos elementos que distorsionen con respecto a los tipos tradicionales que se pretende preservar. Otro aspecto a tener en cuenta en la delimitación del Conjunto es la estrecha relación con el medio natural, factor esencial en este pueblo por la coherencia del núcleo urbano, configurado y vinculado a la peculiar topografía serrana. Por todos estos factores se hace necesaria la total inclusión del núcleo urbano de Valdelarco.

A pesar de no presentar ningún bien declarado de interés cultural, la Iglesia Parroquial es susceptible de alcanzar dicha categoría, debido a su antig?edad (siglo XVIII), entidad destacada dentro del conjunto como elemento referencial, así como su estética culta diferenciada del resto de la

edificación. Una serie de viviendas con solanas, otras con portadas con elementos artísticos, así como un antiguo molino, completan la lista de elementos de interés del Conjunto.

II. DESCRIPCION LITERAL DE LA DELIMITACION

La delimitación del Conjunto Histórico de Valdelarco comprende a las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados situados dentro de la línea de delimitación que figura en el plano que se adjunta, y cuya descripción literal es la siguiente:

Comenzando por la entrada principal a la población en la zona alta, situamos el origen de la descripción de la línea de delimitación en la manzana 34339, desde el vértice de la parcela núm. 2 con la calle Doctor Domínguez Rodiño,

recorriendo la trasera de la citada parcela, así como la de las núm. 3 y núm. 4; pasando a la manzana 36324, por todas sus parcelas traseras. Desde el fin de esta manzana, donde comienza la C/ Júpiter, se pasa a la manzana 38314, donde la línea recorre la zona posterior de las parcelas hasta su confluencia con la C/ Doctor Adame, que enlaza con la manzana, en la que la delimitación se determina por la lateral de la parcela núm. 14 y las traseras de las demás.

Desde el vértice de la parcela núm. 15 con el final de la C/ Espejo, se pasa a la manzana 38309, concretamente a la lateral de la parcela núm. 11, cruzando de esa manera el cauce del Barranco, entubado bajo esta última calle. La delimitación recorre las fachadas de las parcelas núm. 11, núm. 10 y núm. 9, núm. 8 y núm. 7, pasando a la manzana, cruzando la C/ Estrados, por la lateral de la parcela núm. 4, y las traseras de ésta y las núm. 2 y núm.. Desde esta última parcela, la línea sigue paralela a la C/ Estrados hasta la manzana 36307, a la que abarca en su totalidad por su zona posterior, continuando por la C/ Bilbao hasta la manzana 36299, comprendiendo las parcelas núm. y núm.; y de aquí hasta la manzana 36297, donde se incluyen las parcelas núm. 1 y núm. 2. La delimitación continúa por la manzana 36292, por la trasera de la parcela núm. 9, pasando a acoger a la C/ Bomba hasta su intersección con la manzana 35295, recorrida por toda su zona posterior, al igual que su contigua manzana 35293, una vez cruzada la citada C/ Bomba, y del mismo modo la manzana 36309, completando así la delimitación del entorno de la zona baja del pueblo.

Comenzando la ascensión hacia la zona alta, desde la trasera de la parcela núm. 1 de la manzana 36309, la línea de delimitación continúa hacia la manzana 36318 por las traseras de las parcelas núm. 1, núm. 16, núm. 4, núm., núm. 2 y núm. 1, hasta el final de la C/ Burgos y Mazo. Al otro lado de esta calle, en la manzana 36329, la línea recorre toda su zona posterior de sus parcelas hasta la entrada a la villa por la zona alta, en la C/ Doctor Domínguez Rodiño, donde comienza la descripción en la manzana 34339, completando así el perímetro del entorno.

ANEXO II

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