Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 12/11/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ORDEN de 3 de noviembre de 2003, por la que se convocan cuatro becas de formación en el Area de Administración Local, al amparo de la Orden que se cita, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de Formación e Investigación.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de la Consejería de Gobernación de 27 de septiembre de 2001 (BOJA núm. 122, de 20 de octubre de 2001), estableció las normas reguladoras de la concesión de becas de Formación e Investigación.

Sin perjuicio de la vigencia indefinida de la regulación establecida en dicha Orden, se establece en la misma que la convocatoria en sucesivos ejercicios deberá efectuarse en disposición independiente de la normativa reguladora.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 107 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de cuatro becas de Investigación en el Area de Administración Local, de acuerdo con las bases reguladoras publicadas mediante Orden de

27 de septiembre de 2001 (BOJA núm., de 20 de octubre de 2001), y con las condiciones y características que figuran en el Anexo que acompaña a la presente Orden.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de noviembre de 2003

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

ANEXO

Características de las becas de formación convocadas en el Area de Administración Local para el ejercicio 2004:

1. Número de becas que se convocan: Cuatro (4).

2. Duración de las becas: Doce meses, pudiendo ser prorrogadas, en su caso, por otros doce meses como máximo.

3. Requisitos del aspirante: Los exigidos en el artículo de la Orden de 27 de septiembre de 2001.

4. Centro de adscripción: Dirección General de Administración Local.

5. Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca: 950 euros.

6. Finalidades y materias de las becas:

6.1. Estudio y análisis comparado de las distintas regulaciones en materia de cooperación económica seguidas por las CC.AA. y su adecuación a la Unión Europea (1 beca).

6.2. Formación e Investigación en materia de Administración local andaluza: Análisis y tratamiento económico y estadístico de la información municipal recogida en el SIDGAL (Sistema de Información de la Dirección General de Administración Local).

7. Plazo de presentación de solicitudes: Veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.8. Documentación a aportar por los aspirantes: La exigida por el artículo 8 de la Orden de 27 de septiembre de

2001.

9. Titulación y otros requisitos específicos exigidos al beneficiario, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 27 de septiembre de 2001:

- Licenciatura en Derecho, para la finalidad indicada en el apartado 6.1.

- Licenciatura en Económicas y Empresariales (especialidad de Economía), Economía o Estadística, para las indicadas en el apartado 6.2.

10. Méritos específicos para la concesión, conforme a lo previsto en el artículo 10.1.e) de la Orden:

- Para la finalidad indicada en el apartado 6.1. se valorará la experiencia investigadora en el ámbito de la administración local y el conocimiento acreditado de inglés y francés.

- Para la indicada en el apartado 6.2 se valorará la

experiencia investigadora en el ámbito de la administración local, y los conocimientos acreditados en Informática (access, excel y SPSS), contabilidad pública y haciendas locales.

11. Solicitudes y documentación: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Secretario General Técnico de la Consejería de Gobernación, se ajustarán al modelo de impreso que figura como Anexo I y Anexo II de la Orden de 27 de septiembre de 2001 y se presentarán en el Registro General de la citada Consejería de Gobernación, sita en Sevilla, Plaza Nueva,, o en los Registros de los demás órganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

12. En todos los demás aspectos generales de la convocatoria no recogidos expresamente en la presente Orden, tales como Comisión de Selección, criterios y procedimiento de selección, resolución, publicación y notificación, obligaciones del becario/a, etc., serán de aplicación las normas contenidas en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 27 de septiembre de 2001.

Descargar PDF