Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 18/11/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INST. E INSTR. N?1 TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 229/2001. (PD. 4226/2003).

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NIG: 229.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 229/2001. Negociado: 1. Sobre: Otorgamiento Escritura.

De: Don José Garrán Alvarez.

Procurador: Sr. Salvador Torres, Alejandro Ignacio. Contra: Doña Marie Johanna Gouwen.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 229/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Torremolinos a instancia de José Garran Alvarez contra Marie Johanna Gouwen sobre Otorgamiento Escritura, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm.

En Torremolinos, a veinticinco de febrero de dos mil tres.

La Sra. doña María Olimpia del Rosario Palenzuela, Magistrada- Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Torremolinos, habiendo visto y oído los autos de Juicio Ordinario núm. 229/01, promovidos por el Procurador don Salvador Torres, Alejandro Ignacio en representación de don José Garran Alvarez, contra doña Marie Johanna Gouwen, declarada rebelde, dicta la presente Resolución en base a los siguientes,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Salvador Torres, Alejandro Ignacio en representación de don José Garran Alvarez, contra doña Marie Johanna Gouwen condeno a ésta a otorgar a favor de aquél escritura pública de compraventa del inmueble descrito en el antecedente de hecho primero de esta resolución, elevando a público el contrato de fecha 2 de junio de 1983, firmado entre las partes, por el precio recibido de dos millones de pesetas, otorgándole total carta de pago por dicha cantidad, correspondiendo el pago de los gastos de escritura, incluso matriz y plusvalía, al actor, sin realizar pronunciamiento sobre costas procesales.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que deberá prepararse en el término de cinco días por medio de escrito presentado ante este Juzgado, conforme a lo dispuesto en el art. 733 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrado-Juez que la dictó, estando la misma celebrando Audiencia Pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretario, doy fe, en Torremolinos, a fecha anterior.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Marie Johanna Gouwen, extiendo y firmo la presente en Torremolinos a veinte de marzo de dos mil tres.- El/La Secretario.

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