Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 18/11/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE INSTR. N?1 DE MARBELLA (ANTIGUO MIXT. N?1)

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 148/2002. (PD. 4199/2003).

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NIG: 2906943C20021000144.

Procedimiento: J. Verbal (N) 148/2002. Negociado: BC.

Sobre: Juicio Verbal.

De: Cdad. de titulares de puestos de atraque.

Procurador: Sr. Pedro Garrido Moya.

Letrado: Sra. Montserrat Pijoan Vidiella.

Contra: Arenas Resort Management LTD y Castor Beach, S.L.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 148/2002, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella a instancia de Cdad. de Titulares de Puestos de Atraque contra Arenas Resort Management LTD y Castor Beach, S.L., sobre Juicio Verbal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

Juez que la dicta: Doña Carmen Rodríguez-Medel Nieto.

Lugar: Marbella.

Fecha: Veintisiete de febrero de dos mil tres.

Parte demandante: Cdad. de Titulares de Puestos de Atraque.

Abogado: Montserrat Pijoan Vidiella.

Procurador: Pedro Garrido Moya.

Parte demandada: Arenas Resort Management LTD y Castor Beach, S.L.

Objeto del juicio: Juicio Verbal 148/02.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Comunidad de Titulares de Puestos de Atraque, debo condenar a los demandados Arenas Resort Management LTD y Castor Beach, S.L., a pagar solidariamente a la parte actora la cantidad de 1.595,72 euros, más los intereses desde la fecha de interposición de la demanda, y con expresa imposición de las costas a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que se tramitará conforme los artículos 455 y siguientes de la Ley 1/2000.

El recurso se preparará mediante escrito, que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de su notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugna (artículo 457.2 y disposición transitoria segunda de la Ley 1/2000).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Arenas Resort Management LTD y Castor Beach, S.L., extiendo y firmo la presente en Marbella, 6 de marzo de 2003.- El/La Secretario.

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