Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 27/11/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 13 de noviembre de 2003, de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas, por la que se convoca a las Entidades Locales andaluzas interesadas en participar en el procedimiento de colaboración interadministrativa para la construcción de instalaciones deportivas durante el ejercicio 2004.

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Por Orden de 26 de abril de 2002 (BOJA núm. 54, de 9 de mayo de 2002), se regula el procedimiento de colaboración entre la Consejería de Turismo y Deporte y las Entidades Locales andaluzas para la construcción de instalaciones deportivas, en el marco de las competencias atribuidas, de conformidad con lo establecido en los Decretos 132/1996, de 16 de abril, y 181/199, de 14 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías y sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, respectivamente.

Esta convocatoria tendrá una difusión pública a través de la página "web" de la Consejería de Turismo y Deporte: www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte.

Mediante la presente Resolución se procede a convocar a las Entidades Locales andaluzas interesadas en participar en el procedimiento de colaboración interadministrativa para la construcción de instalaciones deportivas durante el ejercicio

2004 de conformidad con las normas contenidas en la antes citada Orden de 26 de abril de 2002.

Los destinatarios de esta convocatoria son las Entidades Locales cuyo ámbito territorial se circunscriba al territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza.

En su virtud, en uso de las competencias delegadas por la Disposición Adicional Segunda de la Orden de 26 de abril de

2002 de la Consejería de Turismo y Deporte,

R E S U E L V O

Primero. Convocatoria de presentación de solicitudes por las Entidades Locales andaluzas.

Se procede a abrir el plazo de presentación de solicitudes por las Entidades Locales andaluzas, previstas en el artículo 3 de la Orden de 26 de abril de 2002, de acuerdo con las siguientes determinaciones:

1. El plazo máximo de presentación de solicitudes, según el modelo que se incluye como Anexo I de la citada Orden, será de un mes a contar desde el día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, pudiendo presentarse en los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte tal y como establece el artículo 5.2 de la Orden de 26 de abril de 2002, o a través de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 51 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma Andaluza.

2. En lo referente al procedimiento, documentación y criterios para la concesión, se estará a lo dispuesto en la Orden de 26 de abril de 2002.

Sin perjuicio de lo anterior, aquellas Entidades Locales que hubieran presentado solicitudes en la convocatoria anterior, al amparo de la citada Orden, no estarán obligadas a aportar la documentación requerida conforme al artículo 6 de la misma, siempre y cuando las solicitudes que se realicen conforme a la presente convocatoria se efectúen en los mismos términos que aquéllas, y no haya sufrido ninguna modificación el contenido de la documentación cuya presentación se exime en la presente Resolución. En caso contrario, la Consejería de Turismo y Deporte, a través de sus Delegaciones Provinciales, podrá solicitar cualquier documentación necesaria para la adecuada tramitación de la petición, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Orden de 26 de abril de 2002.

Segundo. Entrada en vigor.

La presente Resolución surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de noviembre de 2003.- El Director General, Luis Miguel Pons Moriche.

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