Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 12/12/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 10 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 765/2001. (PD. 4569/2003).

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Número de Identificación General:C2001002.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 765/2001.

EDICTO

Juzgado: Juzg. de 1.ª Instancia núm. Diez de Málaga.

Juicio: Proced. Ordinario (N) 765/2001.

Parte demandante: Don Manuel Gaitán Rivas y don José Antonio Gaitán Muñoz.

Parte demandada: Finver, S.A.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal en su Encabezamiento y Fallo es el siguiente: SENTENCIA

En la ciudad de Málaga a treinta y uno de octubre de dos mil dos.

Don Juan Francisco Guerra Mora, Magistrado-Juez de Primera Instancia número diez de esta Capital, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario tramitados bajo el número

765/01, a instancia de don Manuel Gaitán Rivas y don José A. Gaitán Muñoz, representados por el Procurador, don Juan García Sánchez-Biezma y asistidos del Letrado don Salvador Domínguez Ruiz, contra Finver, S.A., en situación legal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador don Juan García Sánchez-Biezma en representación de don Manuel Gaitán Rivas y don José A. Gaitán Muñoz contra Finver, S.A., declarando que la parcela 692 de la Urbanización Cotomar, sita en la C/ Primavera, núm. 29 del término municipal de Rincón de la Victoria, con extensión superficial de 300 metros cuadrados (tiene por referencia catastral

5849405UF8654N0001/KR)... es propiedad de don Manuel Gaitán Rivas y don José A. Gaitan Muñoz por haberla adquirido don Manuel Gaitán Rivas y don José A. Gaitán Muñoz, de forma indivisa para sus respectivas sociedades gananciales. A la vez que se acuerda la elevación a público del contrato de compraventa celebrado entre las partes, y la inscripción de la citada finca en el Registro de la Propiedad, mediante segregación de su matriz según los datos que constan en el contrato de compraventa señalado como doc 1, plano anexo obrante como documento 2, y descripción catastral

5849405UF8654N0001/KR. Todo ello a la vez que se impone a los demandados el pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, ante este Jdo. y para la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública el día de su fecha, ante mí, el Secretario. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Finver, S.A., por providencia de 27.1.03 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y BOP para llevar a efecto la diligencia de Notificación de Sentencia.

En Málaga, a veintisiete de enero de dos mil tres.- El

Secretario Judicial.

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