Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 19/12/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 27 de noviembre de 2003, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifican los Contratos Tipo de Suministro que se citan.

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Por Resolución de 23 de septiembre de 2003, publicada en BOJA núm. 191 de 3 de octubre, se aprobaron modificaciones que afectaron a distintos Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares aprobados por esta Dirección Gerencia, entre ellos los Pliegos Tipo de Suministro al amparo del artículo 172.1.a) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo referente a la fórmula "límite máximo del gasto". Al objeto de adecuarlos a estas modificaciones, se hace necesario modificar los Contratos Tipo de suministro y de suministro de productos y materiales seleccionados por el Servicio Andaluz de Salud previa determinación de tipo, aprobados por Resoluciones de 23 de agosto y de 31 octubre de 2002, publicadas en BOJA núm. 111 de

21 de septiembre y núm. 142 de 4 de diciembre de 2002, respectivamente.

En virtud de lo expuesto, previo informe favorable de la Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 245/2000 de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

R E S U E L V O

Primero. Modificar el Contrato Tipo de Suministro y el Contrato Tipo de Suministro de Productos y Materiales seleccionados previa determinación de tipo, cuyos apartados Segundo del Acuerdan quedan como sigue:

"Segundo. El importe total del presente contrato asciende a la cantidad de .............. euros con ............ céntimos// ..................... E//

El importe total del presente contrato, en caso de tratarse de una contratación al amparo del artículo 172.1.a) del TRLCAP, asciende a la cantidad de ............ euros con .................... céntimos// .............. E, siendo el precio unitario de ................. euros con ................... céntimos// ............... E//

El régimen de pago previsto será:

Procede revisión de precios: .............. En caso afirmativo, la fórmula o índice oficial a aplicar será ..................."

Segundo. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de noviembre de 2003.- El Director Gerente, P.S. (Orden de 21.11.2003), El Secretario General, José Antonio Cobeña Fernández.

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