Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.SIETE DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento de desahucio núm. 486/2002. (PD. 406/2003).

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E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Desahucio 486/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga a instancia de María Isabel Márquez Vargas y Juan Jodar Soler contra María Ascensión Guerrero Martínez sobre Desahucio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«S E N T E N C I A

En Málaga, a quince de octubre de dos mil dos.

La Sra. doña M.ª Teresa Sáez Martínez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Desahucio 486/2002 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña María Isabel Márquez Vargas y Juan Jodar Soler con Procurador a don Ansorena Huidobro, Angel y Letrado/a don/doña.; y de otra como demandado doña María Ascensión Guerrero Martínez sobre desahucio por falta de pago y reclamación de renta.

F A L L O

Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento a que se contrae la demanda, y en consecuencia haber lugar al desahucio solicitado por el Procurador Sr. Ansorena Huidobro, en nombre y representación de doña María Isabel Márquez Vargas y don Juan Jodar Soler, sobre la vivienda sita en C/ Río Alcarrache, 4, 7.º, 1, de Málaga, condenando a la demandada doña María Ascensión Guerrero Martínez, a que la desaloje y deje libre y a disposición de la actora, en el termino de un mes, bajo apercibimiento de ser lanzada de la misma judicialmente si así no lo hiciere. Así mismo debo condenar y condeno a la demandada doña María Ascensión Guerrero Martínez, a que abone a la actora la suma de dos mil setecientos diez euros con ochenta y siete céntimos (2.710,87 euros), más las rentas que continúen devengándose hasta el desalojo de la finca y los intereses legales de dichas sumas. Todo ello, con imposición a los demandados del pago de las costas causadas en este procedimiento.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado, en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo yo, María Teresa Sáez Martínez, Magistrado Juez de Primera Instancia de esta ciudad.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s María Ascensión Guerrero Martínez, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veinte de enero de dos mil tres.- El/La Secretario.

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