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Vista la solicitud formulada por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz), relativa a la creación en la Plantilla de Personal Funcionario de esa Corporación de un puesto denominado Vicesecretario reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría, categoría Superior, y su clasificación como Secretaría Clase Primera, sobre la base del Acuerdo adoptado por el Pleno Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de diciembre de 2002.
Tramitado expediente de conformidad con lo previsto en el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en los artículos 126, 159 y 165 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; en los artículos 2.g) y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; en el Decreto
467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y en relación con lo dispuesto en el artículo
11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Crear en la plantilla del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz) el puesto de Vicesecretario, para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y su clasificación como Secretaría de Clase Primera, perteneciente a la subescala de Secretaría categoría Superior.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y
117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el articulo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 11 de febrero de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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