Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 03/03/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. QUINCE DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 391/2001. (PD. 619/2003).

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NIG: 2906742C20010010258.

Procedimiento: Proced. ordinario (N) 391/2001. Negociado: M1. De: UNICAJA.

Procurador: Sr. José Carlos González Fernández. Letrada: Sra. Bazán Virtudes, M.ª Reyes.

Contra: Doña María Nieves Ros Conejo.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. ordinario (N) 391/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Málaga a instancia de UNICAJA contra María Nieves Ros Conejo, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la Ciudad de Málaga a dos de octubre de dos mil dos. Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Quince de esta Ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio ordinario tramitados en este Juzgado bajo el número 391/01, a instancia de la Entidad UNICAJA, representada por el Procurador don Carlos González Fernández y defendida por la Letrada Sra. Reyes Bazán Virtudes, contra doña María Nieves Ros Conejo, en situación procesal de rebeldía.

Estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Carlos Gónzalez Fernández en nombre y representación de la entidad UNICAJA contra doña María Nieves Ros Conejo sobre reclamación de cantidad, debo dictar sentencia con los pronunciamientos siguientes:

1.º Condenar a la demandada a que abonen a la actora, la cantidad de seis mil trescientos noventa y cinco euros con noventa y cuatro céntimos (6.395,94 euros), importe de la deuda mantenida con dicha Entidad.

2.º Condenar a la referida demandada al pago del interés pactado del principal adeudado desde la fecha de la última liquidación hasta su íntegro abono.

3.º Imponer al demandado las costas procesales devengadas.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.

Así por ésta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo. E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s María Nieves Ros Conejo, extiendo y firmo la presente en Málaga a dos de octubre de dos mil dos.El/La Secretario.

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