Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 03/03/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº UNO DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento de divorcio núm. 204/2002. (PD. 613/2003).

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Número de Identificación General:C20021

000197.

Procedimiento: Divorcio contencioso (N) 204/2002. Negociado: IA Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Fuengirola.

Juicio: Divorcio contencioso (N) 204/2002. Parte demandante: Francisco Moreno Becerra. Parte demandada: Angela Saldarriaga Mesa. Sobre: Divorcio contencioso (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA NUM.

En Fuengirola a quince de enero de dos mil tres.

Vistos por don Juan Manuel Verdugo Muñoz Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Fuengirola y su partido, los presentes autos de Divorcio de Mutuo Acuerdo, seguidos en este Juzgado con el número 204/2002, a instancia de Francisco Moreno Becerra representado por el Procurador Rosas Bueno, Francisco E. y dirigidos por el/la Letrado, estando en rebeldía procesal doña Angela Saldarriaga Mesa no habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En procedimiento de divorcio contencioso de los cónyuges Francisco Moreno Becerra se ha presentado en fecha 3 de mayo de 2002 escrito, solicitando se prosiga el procedimiento por los trámites dispuesto en el artículo 771 y siguientes de la LEC.

Segundo. Con el anterior escrito y documentos acompañados, se tuvo por presentada solicitud de Divorcio; y habiéndose citado por edictos fue declarada en rebeldía procesal la demandada.

Tercero. Al estar cumplidos los requisitos exigidos en la legislación procesal civil patria, se admitió a trámite la demanda de divorcio, y no constando la existencia de hijos menores de edad del matrimonio, quedaron los autos pendientes de resolución.

Cuarto. En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Los cónyuges Francisco Moreno Becerra y Angela Saldarriaga Mesa contrajeron matrimonio canónico en Fuengirola el día 17 de junio de 1987; y el demandante, con fecha 3 de mayo de 2002, formuló ante este Juzgado demanda de divorcio, la cual reúne los requisitos exigidos por la legislación deduciéndose de las pruebas aportadas, que en el presente caso concurre la causa de Divorcio 4 del artículo 86 del Código Civil al haber cesado la convivencia conyugal durante al menos

5 años.

Por todo lo cual es procedente acceder a lo solicitado y decretar la disolución del matrimonio pretendida.

Segundo. No procede hacer especial declaración en cuanto a las costas procesales.

F A L L O

Estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Rosas Bueno, Francisco E. debo decretar y decreto la disolución por Causa de Divorcio del matrimonio formado por Francisco Moreno Becerra y Angela Saldarriaga Mesa celebrado en Fuengirola el día 17 de junio de 1987.

Todo ello sin hacer especial imposición de las costas

procesales.

Firme que sea la presente resolución, comuníquese a los Registros Civiles correspondientes a los efectos registrales oportunos.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o

residencia de la parte demandada, por providencia de 23 de enero de 2003 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación sentencia.

En Fuengirola, a veintitrés de enero de dos mil tres.- El/La Secretario Judicial.

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