Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 05/03/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. CATORCE DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento de ejecución hipotecaria núm. 1020/2001. (PD. 643/2003).

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NIG: 4109100C20010037578.

Procedimiento: Ejecución hipotecaria (N) 1020/2001. Negociado: M.

Sobre: Requerimiento de pago y subasta.

De: El Monte, Caja de Huelva y Sevilla.

Procuradora Sra.: Adela Robles de Acuña Núñez102. Letrado Sr.: Sanz Amores, Fernando.

Contra: Don Ramón José González Palomo y doña Esperanza Rodríguez Eslava.

EDICTO

Doña Gloria Cobos Amo Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el núm./2001-M a instancia de El Monte, Caja de Huelva y Sevilla contra Ramón José González Palomo y Esperanza Rodríguez Eslava sobre ejecución hipotecaria (N), se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACION

Urbana: Tres-Piso, segundo C, portal uno, sito en la planta primera del edificio denominado A-2 «Itálica¯, de la Urbanización El Balcón de Sevilla (actualmente es C/ Pompeyo, núm. 1, 2.º C, término de Camas.

Finca registral núm. 6.540, inscrita en el Registro de la Propiedad de Sevilla núm. 3, Folio 46, tomo 1.829, libro 201 de Camas.

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/ Vermondo Resta, s/n. Edificio Viapol, Portal B, Planta 4.ª, el día 24 de abril de 2003, a las 12 horas.

Valoración: 49.996,69 euros (8.318.750 ptas.).

CONDICIONES DE LA SUBASTA

Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

Identificarse de forma suficiente.

Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la Entidad Bancaria Banesto núm. o de que han prestado aval bancario por el 30% del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70% del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LEC.

La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Que el inmueble que se subasta se encuentra desocupado.

Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera

celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

La publicación de la presente Resolución servirá de

notificación en forma a los ejecutados en el caso de no poder efectuarse en la finca a subastar.

En Sevilla, a cinco de febrero de dos mil tres.- El/La

Secretario/a Judicial.

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