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De conformidad con lo previsto en el artículo 11.1 del Reglamento General del Instituto de Fomento de Andalucía, aprobado por Decreto 122/1987, de 6 de mayo, y, a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de febrero de 2003, adoptó el siguiente
A C U E R D O
Ratificar el adoptado por el Consejo Rector del Instituto de Fomento de Andalucía, con fecha 28 de enero de 2003 que se contiene en el documento anexo.
Sevilla, 25 de febrero de 2003
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE ANTONIO VIERA CHACON
Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico
A N E X O
«Autorizar al Presidente del Instituto de Fomento de Andalucía para que pueda cancelar, ante los Registros de la Propiedad correspondientes, las hipotecas que se hayan constituido a favor de dicho Ente Público cuando las obligaciones que garantizaban hayan quedado extinguidas por alguna de las causas previstas en el Ordenamiento Jurídico, sin perjuicio de las cantidades que hubiesen garantizado.¯
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