Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 14/03/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 26 de febrero de 2003, de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por la que se prorroga a doña Lucía Mora Fernández la beca de formación en el área de estadística y tratamiento de la información correspondiente a la convocatoria 2001.

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Mediante la Orden de 27 de septiembre de 2001 (BOJA núm.

122, de 20 de octubre) por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación, con fecha diecisiete de febrero de dos mil tres se procede adjudicar una beca para la realización de estudios, confección de memorias estadísticas y tratamiento de la información en materia de juego y espectáculos taurinos a doña Lucía Mora Fernández.

Vista la propuesta elaborada por el Servicio de Inspección y Régimen Sancionador, así como el aprovechamiento en el período de formación disfrutado, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden.

Vistas las competencias atribuidas al Director General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas para dictar la presente Resolución, en virtud de los artículos 7 y

11 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 27 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de dichas becas.

R E S U E L V E

Primero. Prorrogar el disfrute de la beca adjudicada a doña Lucía Mora Fernández mediante la Resolución citada, por un período de doce meses como máximo.

Segundo. La becaria deberá cumplir las obligaciones establecidas en el art. 105 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en particular las condiciones y obligaciones contemplada en los arts. 12, 13 y 14 de la Orden de Convocatoria de las mencionadas becas de formación.

Tercero. La adjudicataria de dicha beca continuará su Plan de Formación en este Centro Directivo, comenzando la prórroga a partir de 1 de marzo de 2003.

Cuarto. Dicha beca se abonará por mensualidades vencidas, siendo su cuantía bruta de 906,33 euros, con cargo al programa

22C aplicación presupuestaria 01.482.00, así como un seguro combinado de accidente individual, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

Quinto. Notifíquese esta resolución a la interesada.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 26 de febrero de 2003.- El Director General, José Antonio Soriano Cabrera.

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