Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 17/03/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. NUEVE DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 782/2001. (PD. 818/2003).

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Núm. de Identificación General: 2906742C20010020294. Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 782/2001.

EDICTO

Juzgado: Juzg. de 1.ª Instancia núm. Nueve de Málaga. Juicio: Proced. Ordinario (N) 782/2001.

Parte demandante: Susana Rojo López.

Parte demandada: Hered. Descono. Cristóbal Rebollo Rebollo.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

CEDULA DE EMPLAZAMIENTO

Tribunal que ordena emplazar: Juzg. de 1.ª Instancia núm. Nueve de Málaga.

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: José Rebollo Vargas y Hered. Descono. Cristóbal Rebollo Rebollo en concepto de parte demandada.

Domicilio: C/ Juan XXIII, 4. Cártama-Estación, Málaga. España.

Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.

Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y

31 de la LEC).

Debe comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la LEC).

En Málaga, a seis de septiembre de dos mil dos.

El/La Secretario/a Judicial.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de

6.9.02 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento de los herederos desconocidos de don José Rebollo Rebollo.

En Málaga, a seis de septiembre de dos mil dos.- El/La

Secretario/a Judicial.

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