Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 17/03/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. TRECE DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 346/2002. (PD. 819/2003).

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NIG: 2906742C20020006833.

Procedimiento: J. Verbal (N) 346/2002. Negociado: De: Don Carmelo J. Ramírez Guadamuro.

Procuradora: Sra. Tinoco García, María Encarnación. Letrado: Sr. Armada Martín, David.

Contra: Gesalcop SL.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 346/2002 seguido en el Juzg. de 1.ª Instancia 13 de Málaga a instancia de Carmelo J. Ramírez Guadamuro contra Gesalcop SL sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Málaga a veintisiete de enero de dos mil tres.

Han sido vistos por el Ilmo. Señor Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Málaga, don José Pablo Martínez Gámez, los autos de Juicio de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado con el número 346/2002 a instancias de don Carmelo Joaquín Ramírez Guadamuro, representado por la procuradora doña María Encarnación Tinoco García y con la asistencia letrada de don David Armada Martín, frente a la entidad mercantil Gesalcop, Sociedad Limitada, sobre elevación a escritura pública de un contrato privado.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña María Encarnación Tinoco García, en nombre y representación de don Carmelo Joaquín Ramírez Guadamuro, frente a la entidad Gesalcop S.L., haciendo los siguientes pronunciamientos:

1. Se condena a la entidad demandada a elevar a público el contrato privado de compraventa de vivienda suscrito entre don Carmelo Joaquín Ramírez Guadamuro y la entidad Gesalcop S.L. en fecha 11 de julio de 1995.

2. Se condena a la demandada al pago de las costas del presente procedimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que habrá de prepararse mediante escrito presentado dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

JUZG. DE 1.ª INSTANCIA 13 DE MALAGA

Tomás Heredia 26.

Fax:. Tel.:

NIG: 2906742C20020006833.

Procedimiento: J. Verbal (N) 346/2002. Negociado: Sobre:

De: Don Carmelo J. Ramírez Guadamuro.

Procuradora: Sra. Tinoco García, María Encarnación. Letrado: Sr. Armada Martín, David.

Contra: Gesalcop SL.

Procurador/a: Sr/a.

Letrado/a: Sr/a.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al

demandado Gesalcop SL, extiendo y firmo la presente en

Málaga a cinco de febrero de dos mil tres.- La Secretaria.

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