Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 10/01/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 23 de diciembre de 2002, por la que se concede una subvención con carácter excepcional al Centro de Investigación, Fomento y Aplicación de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA) para la financiación de la actuación: Actuación urgente de mejora del abastecimiento de agua potable a la localidad de Hofra Zaitoun, Tetuán, Marruecos (Expediente A2.803.658/9711).

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La actuación que se pretende realizar al amparo de esta Orden forma parte del programa de Cooperación Internacional al Desarrollo en los proyectos de competencia de esta Consejería.

El objetivo fundamental es mejorar las condiciones de vida de la población de Hofra Zaitoun, dotándole de un sistema de abastecimiento que asegure su suministro de agua potable en cantidad y calidad suficientes.

La población de Hofra Zaitoun se está abasteciendo actualmente a través de pozos artesanales, sin ningún tipo de infraestructura que permita el acercamiento del agua hasta su población. Este hecho, unido a la pérdida de calidad de las fuentes de suministro actuales, debida a la contaminación de los acuíferos por percolación de los nitratos usados como fertilizantes en los campos de cultivos aledaños, trae como consecuencia que la población tenga que recorrer varios kilómetros para satisfacer sus necesidades de agua. Esta tarea, encomendada a las mujeres y niños, viene a empeorar las condiciones sociales de este colectivo.

La actuación para la cual se solicita una subvención excepcional tiene como objetivo la ejecución de la obra civil necesaria que permita la captación de agua subterránea mediante la construcción de un nuevo sondeo y equipamiento con bombeo, conducción de impulsión hasta un depósito regulador y red de distribución con equipación de fuentes colectivas.

En virtud de la línea de colaboración existente entre esta Consejería y el CENTA y acreditándose la finalidad pública de la subvención y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de las facultades que me vienen atribuidas por los artículos 104 y 107 de la Ley General

5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Secretaría General de Aguas, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Conceder una subvención al Centro de Investigación, Fomento y Aplicación de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA) por un importe de 150.253 E que representa el cien por cien (100%) del importe global del presupuesto del proyecto: «Actuación urgente de mejora del abastecimiento de agua potable a la localidad de Hofra Zaitoun, Tetuán, Marruecos¯, siendo el plazo de ejecución de los trabajos de ocho meses contados a partir del día de publicación de la presente Orden.

Segundo. La citada subvención se hará efectiva con el código de proyecto de inversión 2001000595 del presupuesto asignado a la Secretaría General de Aguas, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria y adaptándose el siguiente compromiso de gasto anual:

Anualidad 2002 (112.689,75 E): 01.15.00.03.00.790.00.51C 8 Anualidad 2003 (37.563,25 E): 31.15.00.03.00.790.00.51C 42003

Tercero. El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto primero de la presente Orden. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Asimismo dará lugar a la devolución total o parcial de los fondos percibidos la obtención concurrente de subvención o ayuda otorgada por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 110 y 111 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. El Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA) como beneficiario de la presente subvención, y según el artículo 18.11 de la Ley 14/2001, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año

2002, está obligado a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la indicada en el punto primero, que la misma está subvencionada por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

Quinto. La Consejería de Obras Públicas y Transportes, con posterioridad a la concesión de la presente subvención, designará a un Técnico capacitado, quien asumirá la dirección de los trabajos y supervisará el control del gasto destinado a esta actuación.

Sexto. De acuerdo con lo expresado en el artículo 108 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 18 de la Ley 14/2001, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la

Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, la presente subvención se hará efectiva de la siguiente manera:

Un primer libramiento, sin previa justificación,

correspondiente al setenta y cinco por ciento (75%) del importe subvencionado, es decir, la cantidad de ciento doce mil seiscientos ochenta y nueve euros con setenta y cinco céntimos (112.689,75 E) en el año 2002, a la publicación de la presente Orden.

El veinticinco por ciento (25%) restante, treinta y siete mil quinientos sesenta y tres euros con veinticinco céntimos (37.563,25 E) en el año 2003, mediante certificación emitida por la Secretaría General de Aguas, previa justificación de la ejecución de los trabajos y tras la acreditación, por parte del CENTA, de que el primer libramiento se ha destinado

íntegramente a la financiación de las actividades indicadas en el punto primero de la presente Orden.

En el plazo de un mes, a partir del ingreso material en el CENTA correspondiente al 100% del global de la subvención, queda obligada a la total justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la misma, mediante

certificación acreditativa de que se han abonado a los

correspondientes perceptores la totalidad de los importes expedidos y tramitados ante la Consejería, y la aportación de la documentación justificativa de pagos realizados con cargo a la cantidad concedida.

En todos los casos, en el plazo de quince días desde la recepción de los fondos, el CENTA aportará certificación acreditativa de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril, en relación con lo establecido en la letra f) del artículo 108 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Séptimo. El Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA) deberá facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía en relación con la presente subvención.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión objeto de la presente Orden.

Octavo. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de la subvención objeto de la presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Sevilla, 23 de diciembre de 2002

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero y Secretario General de Aguas.

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