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Por Resolución Presidencial núm. 1.893, de fecha 27 de noviembre de 2002, se han aprobado las siguientes
BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA, PERTENECIENTE AL GRUPO A, ESCALA ADMINISTRACION GENERAL, SUBESCALA TECNICA, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION LIBRE
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante concurso- oposición libre de una plaza de funcionario/a de carrera, perteneciente al Grupo A, Escala Administración General, Subescala Técnica, vacante en la plantilla de Funcionarios del Patronato de Promoción Provincial y Turismo, de la Excma. Diputación Provincial de Jaén, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 1998. La referida plaza se encuentra integrada en el Plan de Estabilidad y Consolidación de Empleo Temporal para la Diputación Provincial de Jaén y sus Organismos Autónomos actualizado por Acuerdo Plenario núm. 21, de 2 de julio de 2001.
Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.
a) Ser español/a o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
b) Tener cumplida la edad de 18 años.
c) Estar en posesión de titulación de Licenciado/a en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Tercera. Instancias y documentos a presentar. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Jaén, debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.
Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberá indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo (artículo 19 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado).
Se deberán adjuntar, fotocopias, debidamente compulsadas, de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d) y
e) que deberán acreditarse posteriormente.
Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartado a), b) y c) serán los siguientes:
1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.
A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.
Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos.
Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén, o en cualquiera de los Registros de sus Organismos Autónomos dependientes de la misma, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por telegrama al Area de Organización General y Gestión de Recursos de la Diputación Provincial de Jaén, en el plazo de 10 días naturales desde que terminó el plazo de presentación de instancias.
Quinta. Derechos de examen.
Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 18,03 euros, en la cuenta núm. 2092.0010.11.1100001581 abierta a nombre del Patronato de Promoción Provincial y Turismo, en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén.
Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as, exclusivamente en los supuestos previstos en la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas.
En el documento de ingreso se consignará el nombre del
interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.
El justificante, de haber efectuado el ingreso deberá
acompañarse a la instancia.
Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación de los defectos de los requisitos de la convocatoria que por su naturaleza sean subsanables de los aspirantes excluidos de conformidad con lo previsto en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La fecha de publicación de la indicada Resolución será
determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.
Asimismo, el Ilmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Séptima. Procedimiento de selección de los/as aspirantes. La selección constará de dos fases:
Una de concurso y otra de oposición.
La fase de concurso será previa a la de oposición.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.
1. Fase de Concurso.
A) Méritos Profesionales:
Servicios prestados:
- Por cada mes completo de servicios prestados en áreas de Promoción Económica y Desarrollo en Administración Local, en plaza o puesto de igual Grupo de titulación al que se opta,
0,16 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en áreas de Promoción Económica y Desarrollo en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual Grupo de titulación al que se opta, 0,050 puntos.
Puntuación máxima por este apartado 10 puntos.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
B) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.
Siempre que se encuentren relacionados con las funciones a desarrollar y hayan sido organizados, bien por una
Administración Pública o Universidad, bien por una Institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales con representación en la
Corporación Provincial.
Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,10 puntos.
De 15 a 70 horas o de duración de 3 a 12 días: 0,15 puntos. De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días: 0,20 puntos. De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 0,40 puntos. De 200 horas en adelante o más de 40 días: 0,70 puntos.
Por la participación como Director, Coordinador o Ponente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,15 puntos.
De 15 a 70 horas o de duración de 3 a 12 días: 0,25 puntos. De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días: 0,40 puntos. De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 0,60 puntos. De 200 horas en adelante o más de 40 días: 0,90 puntos.
Los Cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas y dirección, coordinación o ponencia en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refieren las anteriores escalas.
La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.
Puntuación total por este apartado 3 puntos.
C) Por cada uno de los ejercicios aprobados en procesos selectivos para plaza o puesto de igual Grupo de titulación al que se opta en áreas de Promoción Económica y Desarrollo de la Administración Local 0,50 puntos.
Puntuación máxima en este apartado, 2 puntos.
JUSTIFICACION DE LOS MERITOS ALEGADOS
A) Experiencia profesional.
Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.
B) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.
Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.
2. Fase de Oposición.
Consistirá en la realización de una prueba que constará de dos ejercicios, uno práctico y otro teórico.
A) Ejercicio práctico: Consistirá en la realización de un supuesto práctico de entre dos propuestos por el Tribunal y relacionados con las Materias Específicas del Programa y las funciones encomendadas a la plaza a la que se opta. El tiempo de duración será determinado por el Tribunal.
Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 20 puntos.
B) Ejercicio teórico: Consistirá en la realización de una batería de preguntas tipo test sobre Materias Comunes del Programa, el tiempo de duración será determinado por el Tribunal. Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 10 puntos.
Para superar la fase de oposición será preciso que los
aspirantes obtengan una puntuación mínima de 15 puntos, sumadas las puntuaciones de ambos ejercicios, quedando eliminados del proceso selectivo, quienes no obtengan dicha puntuación.
Octava. Desarrollo de los ejercicios.
En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes.
Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases.
Entre las distintas fases del proceso selectivo deberá
transcurrir un mínimo de 72 horas.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
aspirantes para que acrediten su personalidad.
La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días.
Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición los opositores podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.
Novena. Tribunal Calificador.
Presidente: El de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue.
Vocales:
- Un/a funcionario/a de carrera Técnico/a experto/a en la materia objeto de la convocatoria, designado/a por el Sr. Presidente.
- Un/a funcionario/a público/a de carrera designado/a por la Junta de Andalucía.
- Un/a funcionario/a público/a, designado/a por el Sr.
Presidente a propuesta de la Junta de Personal.
Secretario: Funcionario de carrera del Area de Organización General y Gestión de Recursos de la Diputación Provincial que se designe, con voz y voto.
La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos suplentes.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
Los vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Décima. Relación de aprobados/as, presentación de
documentación y nombramiento de funcionario.
La lista de los méritos de cada opositor, así como las
puntuaciones en cada ejercicio se publicarán en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.
Terminada la valoración de los méritos y calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará el nombre de los/as
aspirantes que haya obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición, que se elevará al Ilmo. Sr. Presidente para que proceda al nombramiento de funcionarios/as de carrera. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.
Los/as aspirantes propuestos/as presentará en el Area de Organización General y Gestión de Recursos de la Diputación Provincial de Jaén, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentase la documentación, no podrá ser nombrado/a funcionario/a de carrera y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieren podido incurrir.
Los/as aspirantes seleccionados/as deberán someterse,
previamente a la obtención de la condición de funcionario, a un reconocimiento médico por los servicios que se le designen por la Diputación Provincial a fin de comprobar que los/as
mismos/as no padecen enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que ha sido propuestos/as.
Quien tuviera la condición de funcionario/a público/a estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya
acreditados para obtener su anterior nombramiento o
designación, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependan,
acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Decimoprimera. Incidencias.
El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de proceso selectivo.
En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; y supletoriamente, en lo no previsto anteriormente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.
Base final. Recursos.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de éstas, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y formas establecidos en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO
MATERIAS COMUNES
1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.
2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
3. Organización territorial del estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes.
5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y
participación de los ciudadanos en la Administración.
6. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez.
7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y
notificaciones.
8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local.
9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.
10. Régimen local español: Evolución histórica, principios constitucionales y regulación jurídica.
11. Organización y competencias provinciales.
12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
13. El Servicio Público Local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.
14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales:
Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificado de acuerdos.
15. Personal al servicio de la Entidades Locales. La función pública: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales. Responsabilidad. Régimen Disciplinario. El sistema de la Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.
17. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.
18. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y
fiscalización.
MATERIAS ESPECIFICAS
1. El Derecho Administrativo como derecho común de las
Administraciones Públicas en cuanto a personas.
2. Las formas de la actividad Administrativa. Clases. Principio de legalidad. La actividad administrativa de limitación. La autorización.
3. Concepto y evolución de la actividad de fomento. Los incentivos económicos. La subvención.
4. Concepto de Administración Local. Incidencia del principio de subsidiariedad sobre la configuración de la Administración Local.
5. Los sistemas de organización de la Administración Local.
6. Los fundamentos ideológicos del Régimen local contemporáneo.
7. Los principios constitucionales de la Administración Local.
8. Los principios constitucionales del Régimen Local y la doctrina del Tribunal Constitucional.
9. Fuentes heterónomas del ordenamiento local.
10. Fuentes autónomas del ordenamiento local. Naturales jurídica de los reglamentos. Las relaciones de las normas locales con las Leyes y los Reglamentos del Estado y de las Comunidades Autónomas.
11. Fuentes autónomas del ordenamiento local. Manifestaciones de la potestad reglamentaria local. Organos titulares de la potestad reglamentaria local. Límites. Los Bandos.
12. La nueva clasificación de los Entes Locales.
13. El Municipio.
14. Elementos del municipio.
15. Las Entidades inframunicipales.
16. Las Comarcas.
17. Las Areas Metropolitanas.
18. La Provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de la Provincia en España.
19. La Provincia. Concepto. Naturaleza. Diferentes modelos de organización provincia. Organos de la Provincia como Entidad local.
20. La Provincia. La cooperación provincial a la efectividad de los servicios municipales. La isla.
21. Las competencias de las Provincias en la legislación básica estatal y en la legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza.
22. La organización Provincial. Los regímenes Provinciales Especiales.
23. La Diputación Provincial de Jaén. Organización.
24. El Organismo Autónomo «Patronato de Promoción Provincial y Turismo¯, competencias fines, Organos.
25. Los convenios de colaboración como figuras independientes de los contratos administrativos.
26. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases Procedimiento de elaboración y aprobación.
27. Significado y origen de las personificaciones
instrumentales.
28. Personificaciones instrumentales de naturaleza fundacional.
29. Los Principios Jurídicos de la organización y de la actuación de los Entes locales.
30. Las relaciones entre las Administraciones Locales y las Entidades Territoriales superiores.
31. Relaciones Interadminitrativas. Técnicas de control.
32. Los Organos de Gobierno del Municipio.
33. Procedimiento Administrativo Local.
34. El régimen de sesiones.
35. Participación ciudadana.
36. La contratación local.
37. Los Entes Locales y los Tribunales de Justicia.
38. Las competencias locales. Concepto. Fundamento.
Presupuesto. Contenido.
39. Clases de competencias locales. La Autonomía Local y competencias. La doctrina del Tribunal Constitucional en materia de competencias locales.
40. El ámbito material de las competencias locales. Técnicas de atribución y deslinde; competencias propias y delegadas. Competencias compartidas. Competencias concurrentes. Otras técnicas.
41. El status funcionarial. La constitución y el contenido.
42. El status funcionarial. La dinámica y la extinción.
43. Las Administraciones independientes.
44. La actividad de ordenación de las relaciones jurídico- privadas.
45. La ordenación de las actividades privadas.
46. Las técnicas de información, de condicionamiento y las ablatorias.
47. La organización de la gestión de los servicios públicos.
48. Disposiciones Administrativas. Jerarquía. Publicidad e inderogabilidad.
49. Los actos administrativos. Requisitos.
50. Eficacia y ejecutoriedad de los actos administrativos.
51. Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.
52. Procedimiento Administrativo. Iniciación del Procedimiento.
53. Procedimiento Administrativo. Ordenación del Procedimiento.
54. Procedimiento Administrativo. Instrucción del
Procedimiento.
55. Procedimiento Administrativo. Ejecución del Procedimiento.
56. Procedimiento Administrativo. Finalización del
Procedimiento.
57. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio.
58. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos. Principios generales.
59. Revisión de los actos en vía administrativa. Recurso de alzada.
60. Revisión de los actos en vía administrativa. Recurso potestativo de reposición.
61. Revisión de los actos en vía administrativa. Recurso extraordinario de revisión.
62. Prevención de Riesgos Laborales. Conceptos básicos.
63. Los Agentes de Desarrollo Local: Perfil y funciones. La promoción económica. Su estructura organizativa.
64. Política e instrumentos para el desarrollo local:
Financiación del desarrollo local.
65. Fórmula e instrumentos de promoción del empleo y desarrollo empresarial.
66. Instituciones del Derecho Comunitario.
67. La política de desarrollo regional en la U.E. Los fondos estructurales.
68. Europa en el ámbito de la cooperación al desarrollo. Planificación y métodos de intervención para el desarrollo rural.
69. Objetivos del Plan Estratégico de la provincia de Jaén
2000.
70. El sector turístico en la provincia de Jaén. La Ley 2/89, de Espacios Protegidos de Andalucía e inventario.
71. La Política de ordenación del territorio en Andalucía.
72. Los mercados exteriores de los productos en la provincia de Jaén.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Jaén, 28 de noviembre de 2002.- El Diputado Delegado de Organización General y Gestión de Recursos, Antonio Galán Sabalete.
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