Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 31/03/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 19 de febrero de 2003, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la ratificación del título concesional y del Reglamento de Régimen Interior de la Estación de Autobuses de Guadix. (PP. 882/2003).

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Con fecha 19 de febrero de 2003, se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Primero. Ratificar el contenido del título concesional, otorgado por el Excmo. Ayuntamiento de Guadix a la mercantil Hijos de Simón Maestra García, S.A., para la explotación de la Estación de Autobuses de dicha localidad, de acuerdo con las condiciones establecidas en la adjudicación, y con las tarifas máximas de aplicación, aprobadas por dicho Ayuntamiento, que a continuación se exponen, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas, y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas en su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

Concepto Tarifas máximas

1. Por entrada o salida de un autobús con viajeros al iniciar o finalizar viaje. Los autobuses en tránsito (entrada y salida) sólo abonarán uno de estos conceptos:

1.1. De servicios regulares permanentes de uso general:

1.1.1. Cercanías. Hasta 30 kms 0,07 euros

1.1.2 Resto.

1.2. De servicios no encuadrados en el

apartado anterior: 0,71 euros

1.2.1. Por uso de la Estación de Autobuses de servicio discreciona l3,82 euros

2. Por utilización por los viajeros

de los servicios generales de Estación con cargo a aquéllos que salen o rinden viaje en la Estación:

2.1. De servicios regulares permanentes de uso general:

2.1.1. Viajeros de cercanías. Hasta 30 kms 0,09 euros

2.1.2. Resto de viajeros0,12 euros

2.2. De servicios no encuadrados en el

apartado anterior:

2.2.1. Por uso de la Estación de Autobuses de servicio discrecional 0,35 euros

Quedan excluidos de la obligatoriedad del abono de las tarifas por los conceptos que les sean imputables aquellos viajeros que se encuentren en tránsito.

Su percepción por las empresas transportistas deberá hacerse simultáneamente a la venta del billete, en el que se hará constar el concepto Servicio Estación de Autobuses con su correspondiente tarifa, con independencia de la del servicio regular.

3. Por utilización de los servicios de

consigna "manual":

3.1. Bulto hasta 50 kg (4 horas o fracción) 0,19 euros

3.2. Bulto mayor de 50 kg (4 horas o fracción) 0,38 euros

3.3. Por cada día de demora 1,27 euros

4. Facturación de equipajes (sin incluir el precio del transporte ni seguros de la mercancía):

4.1. Por cada 10 kg o fracción de peso

en equipajes y encargos 0,32 euros

4.2. Mínimo de percepción 1,27 euros

En estos precios está incluida la aproximación de los objetos facturados desde el local al vehículo o viceversa.

5. Por alquiler de la zona de taquillas:

Por cada módulo de taquilla: 60,10 euros/mes.

Los servicios de electricidad y análogos serán por cuenta del usuario.

6. Servicio de aparcamiento de autobuses:

6.1. Aparcamiento de un autobús de servicio

regular permanente de uso general de

,00 a 22,00 horas 1,91 euros

6.2. Aparcamiento de un autobús de servicio

regular permanente de uso general desde las

,00 a las 8,00 horas del día siguiente,

sin fraccionamiento por razón de tiempo dentro

del indicado 3,19 euros

6.3. Aparcamiento de un autobús que no preste

servicio regular permanente de viajeros

(siempre que la capacidad de la Estación

lo permita), desde las 22,00 a las 8,00 horas

del día siguiente, sin fraccionamiento por

razón de tiempo dentro del indicado1 9,08 euros

- Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

- El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

- Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de

Autobuses de Guadix entrarán en vigor el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Ratificar el Reglamento de Régimen Interior para la explotación de la Estación de Autobuses de Guadix, aprobado por Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento de dicha localidad en sesión ordinaria de fecha 27 de abril de 2000, conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 15 de febrero de 2000, por la que se aprueba el Reglamento Tipo de Régimen Interior para la explotación de Estaciones de Autobuses en Andalucía (BOJA núm., de 16 de marzo).

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su

notificación."

Sevilla, 19 de febrero de 2003.- El Director General, Rafael Candau Rámila.

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