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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y de 26 de noviembre de 1996,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera 0,90 euros
Kilómetro recorrido 0,57 euros
Hora de espera o parada 12,99 euros
Carrera mínima 2,60 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,14 euros
Kilómetro recorrido 0,69 euros
Hora de espera o parada 16,25 euros
Carrera mínima 3,25 euros
La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
1. Servicios realizados en Sábados, Domingos y festivos de 0 a
24 horas.
2. Servicios realizados en días laborables en horas nocturnas de
22 a 6 horas.
3. Servicios realizados en días de Feria.
4. Servicios realizados durante los días de Semana Santa, desde las 22 horas del Miércoles Santo.
5. Servicios realizados los días 5 de enero, 24 y 31 de diciembre.
Suplementos: (No aplicables en servicios interurbanos):
- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 0,34 euros
- Servicios realizados en días de Feria de 22 a 10 horas sobre la Tarifa 225%
Suplementos especiales sobre lo marcado en taxímetro:
1. De Utrera a urbanizaciones que disten
menos de 6 km desde el centro urbano 2,64 euros
2. De Utrera a urbanizaciones que disten
más de 6 km desde el centro urbano 3,40 euros Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 19 de febrero de 2003
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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